Madrid, 14 abr (EFE).- La Fiscalía Anticorrupción ha recurrido la sentencia del conocido como caso mascarillas, en busca de una condena de dos años de cárcel para el aristócrata Luis Medina por falsedad documental, si bien ha aceptado su absolución del delito de estafa en la venta de material sanitario al Ayuntamiento de Madrid.
El fiscal no insiste en su recurso, al que ha tenido acceso EFE este lunes, en la acusación por el delito de estafa, por el que llegó a pedir en el juicio siete años de cárcel para Medina y otros tantos para el empresario Alberto Luceño, que finalmente fue condenado a tres años y ocho meses por falsedad y fraude a Hacienda.
Lo que sí solicita al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) es que revoque la absolución del hijo de Naty Abascal y el duque de Feria y le condene como cooperador necesario del delito de falsedad documental a dos años de prisión y 150.000 euros de multa, al tiempo que reclama agravar la condena de Luceño por este mismo tipo penal y por el de falsedad en documento oficial.
Luceño, por su parte, también ha recurrido la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid en busca de su absolución.
El 19 de marzo, el tribunal exoneró íntegramente a Medina y absolvió a ambos de estafa al determinar que no quedó probado que, en el marco de la operación de compraventa de material sanitario en plena pandemia, ocultaran al Consistorio madrileño que iban a cobrar una comisión -que ascendió a 6 millones de euros-, algo que además no estaban obligados legalmente a hacer.
Los magistrados también absolvieron a Medina de falsedad documental, una decisión de la que discrepa la Fiscalía, que subraya que la sentencia declaró probado que Luceño, "con la colaboración necesaria" de Medina, confeccionó unos documentos "para aparentar acuerdos de exclusividad y de agencia" para presentarlos en una entidad financiera.
Anticorrupción explica que, aunque dichos documentos "fueron ajenos a otra forma de fraude", se presentaron para evitar que los departamentos de prevención de blanqueo de capitales sospecharan y pudieran bloquear la operación.
Las entidades bancarias -prosigue el recurso- remitieron dichos "documentos falsos" al Sepblac, "destinatario final" de los mismos y "máxima autoridad en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo".
Por ello, sostiene que no pueden quedar reducidos "a la mera condición de documentos privados" porque, desde que se incorporan a un informe de inteligencia financiera, "pueden afectar potencialmente al valor de la seguridad".
Es decir, "trascendieron el ámbito meramente negocial entre las partes y tuvieron trascendencia frente a terceros, llegando a influir en la seguridad del tráfico mercantil".
La Fiscalía también solicita en su recurso agravar la condena de Luceño por el delito falsedad de documento oficial, por el que fue sentenciado a ocho meses de prisión. Solicita dos años al considerar que se le debe condenar en la modalidad agravada del tipo penal.
El empresario fue condenado por este delito por manipular dos documentos para poder circular libremente durante el periodo que duró el confinamiento, así como un documento de identificación como agente del CNI que Luceño justificó como parte de un disfraz.
La Fiscalía también discrepa del decomiso de las ganancias del delito acordado respecto a Luceño y solicita que se extienda a los bienes que le han sido embargados y otros en su poder "hasta alcanzar el límite de 1.351.386,29 euros", para pagar la responsabilidad civil. EFE