Madrid, 5 abr (EFE).- La obligación de acudir a medios alternativos de solución de controversias (MASC), incluida en la reciente ley de eficiencia de la justicia, puede agilizar la resolución de uno de cada cuatro procedimientos civiles y mercantiles, y reducir la carga judicial en 500.000 asuntos.
La norma, que entró en vigor el pasado jueves, apuesta por la mediación y la solución negociada al conflicto para abordar el exceso de litigiosidad, y obliga, en los ámbitos civil y mercantil, a acudir a la negociación entre las partes -los llamados medios alternativos de solución de controversias (MASC)- antes de ir a juicio.
El Ministerio de Justicia ha calculado que estas medidas podrían facilitar la resolución de uno de cada cuatro procedimientos civiles mediante acuerdo, reduciendo la carga del sistema judicial, donde se estima en 4 millones el número de casos pendientes, según el observatorio de la actividad de la justicia de Aranzadi la Ley.
El departamento que dirige el ministro Félix Bolaños ha lanzado una herramienta, el Punto de Interoperabilidad de MASC (PIMASC) para registrar y proporcionar información sobre las conclusiones asociadas a procesos realizados mediante estos medios alternativos.
El Consejo General de la Abogacía Española considera que esta obligación tendrá como efecto "una notable mejora" en el trabajo de los órganos judiciales, no solo porque permitirá acortar los plazos de resolución, sino porque los ciudadanos tendrán respuesta específica a sus necesidades.
La Abogacía explica que se entiende por MASC en vía no jurisdiccional cualquier tipo de actividad negociadora a la que las partes de un conflicto acuden de buena fe con el objeto de encontrar una solución extrajudicial.
Esto incluye la mediación, la conciliación (pública o privada), la negociación directa entre las partes (por sí mismas o asistidas de abogados) o a través de sus abogados, la oferta vinculante confidencial, la opinión de persona experta independiente y el derecho colaborativo.
Quedan fuera de su ámbito los asuntos de laboral, penal y concursal, así como los que afecten a entidades públicas.
Los MASC permiten alcanzar acuerdos totales o parciales, será aplicable al que se haya acudido en primer lugar, en caso de haber más de uno, y las partes podrán pactar libremente el que prefieran.
Desde el bufete Círculo Legal apuntan que, a su juicio, quedaría fuera de este pacto el experto independiente, ya que su designación deberá de hacerse por consenso de ambas partes una vez surgida la controversia.