Alicante, 3 feb (EFE).- La Audiencia de Alicante ha condenado a 22 años, 6 meses y un día de prisión por un delito de asesinato con la agravante de parentesco a un hombre que mató en 2021 a su compañera sentimental en Torrevieja, desmembró luego el cuerpo y depositó los restos en diversos contenedores de basura.
La sentencia recoge así el veredicto de culpabilidad emitido al término del juicio por un jurado popular y fija 150.000 euros de indemnización para cada uno de los dos hijos de la fallecida, según ha informado este lunes el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).
Durante el juicio, el acusado, de 73 años en la actualidad y nacionalidad finlandesa, asumió la autoría del crimen en su declaración ante el jurado.
Los hechos ocurrieron el 27 de octubre de 2021, cuando el acusado se abalanzó sobre su pareja en el domicilio donde ambos convivían y le asestó numerosas puñaladas en distintas partes del cuerpo, según se relata en la resolución judicial.
Días antes, el penado, que había decidido acabar con la vida de su pareja, de 68 años y misma nacionalidad, escribió en el calendario de su teléfono móvil anotaciones expresivas de su intención de torturarla y acabar con su vida, indica el fallo.
Tras causarle la muerte, desmembró el cadáver y depositó diferentes restos del mismo en contenedores de basura y otras zonas cercanas al lugar de los hechos, dejando en el interior de la vivienda común el tórax, sin que haya aparecido la cabeza.
El magistrado que presidió este juicio considera al acusado autor de un delito de asesinato doblemente cualificado, por alevosía y por ensañamiento, para el que concurre la agravante de parentesco, y le impone las penas solicitadas por la fiscalía, la acusación particular, ejercida por los familiares de la víctima, y la acusación popular, representada por la Abogacía de la Generalitat: 22 años, 6 meses y 1 día de prisión.
También prohíbe al penado aproximarse a una distancia inferior a los 500 metros a los dos hijos de la fallecida o comunicarse con ellos por cualquier medio durante diez años y fija una medida de libertad vigilada por el mismo periodo.
La sentencia no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJCV. EFE
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