Madrid, 30 ene (EFECOM).- La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha recurrido en casación al Tribunal Supremo en defensa del derecho a la igualdad y no discriminación de las mujeres trabajadoras de la aerolínea Air Nostrum respecto a los hombres en el cobro de dietas de manutención por desplazamientos.
El recurso de casación, formulado por el fiscal Manuel Campoy Miñarro, se ha interpuesto contra una sentencia del pasado 10 de diciembre de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en el proceso de impugnación de convenios colectivos contra Air Nostrum, ha informado este jueves la Fiscalía.
Lo que se cuestiona es la existencia en el seno del colectivo laboral de Air Nostrum de una situación de desigualdad y de trato discriminatorio hacia las mujeres respecto a los hombres por el derecho al cobro de esas dietas, que no retribuyen el trabajo realizado sino que compensan gastos por necesidades vitales, personales, básicas e iguales para todas las personas por el hecho de serlo.
Según el recurso, la compañía demandada ha cometido un trato desigual y constitutivo de discriminación indirecta sobre el colectivo de mujeres trabajadoras respecto al de hombres por reconocerles a las primeras el derecho a cobro de dietas inferiores a los reconocidas a los segundos.
Se argumentó que se trata de colectivos laborales diferentes y con diferente régimen convencional -tripulantes de cabina de pasajeros (TCP) y pilotos-, así como, según la sentencia recurrida, que las dietas forman parte del concepto legal de “retribución”.
A juicio de la Fiscalía mantener y validar esa situación discriminatoria contribuye a mantener situaciones de desigualdad real entre mujeres y hombres y a “la perpetuación de los roles de género”.
Es por todo ello, por lo que se interesa de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo que proceda a estimar el recurso de casación interpuesto y a casar y anular la sentencia dictada por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.
La Fiscalía pide, además, que el Supremo proceda a declarar la existencia de vulneración del principio de igualdad y no discriminación indirecta por razón de sexo por la empresa demandada y la nulidad radical de la actuación discriminatoria, incluidas las tablas salariales-dietas de TCP del IV Convenio colectivo de la aerolínea, publicado en el BOE el 14 de enero de 2019.
Se solicita también que la Sala ordene la reparación de las consecuencias derivadas de esa discriminación mediante la condena a Air Nostrum a abonar al colectivo laboral de TCP (casi totalidad mujeres), en concepto de dietas de manutención por desplazamientos, los mismos importes que se abonan al colectivo laboral de pilotos (casi totalidad hombres). EFECOM
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