Santa Cruz de Tenerife, 18 ene (EFE).- La Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a cuatro años de cárcel al patrón de un cayuco que el 4 de febrero de 2023, con 45 personas a bordo, cuatro de ellas menores de edad, llegó al puerto de Los Cristianos, en el sur de Tenerife.
En principio eran tres los acusados para los que la Fiscalía pedía seis años para cada uno por considerarlos autores de favorecer la inmigración irregular, pero hay dudas de la participación de dos de ellos como patrones.
La pena se basó en imágenes obtenidas al parecer poco antes de llegar a Los Cristianos, en las que se ve al ahora condenado a cargo del gobierno de la nave, un cayuco fabricado en fibra y madera para la pesca de bajura, de trece metros de eslora y tres metros de manga, dotada de dos motores de 40 CV de potencia.
La embarcación, según la Fiscalía, resultaba “absolutamente inadecuada para emprender una singladura por alta mar al carecer de luces de posición o sistemas de comunicación náutica”.
El Ministerio Público consideró que se creó un “evidente” riesgo para la vida e integridad física de sus ocupantes a lo largo de unos nueve días de navegación, desde que partieron de Senegal hasta que fueron remolcados por Salvamento Marítimo al puerto.
La sala cree probado que el condenado, con la asistencia de otras personas, se encargó de las funciones propias de la navegación tales como el manejo del timón, fijación y seguimiento del rumbo, para lo que disponía de dos dispositivos GPS.
De esta manera pudieron llegar a la Isla sin que ninguno de los tripulantes tuviera la necesaria documentación de identidad y autorizaciones de entrada y tampoco lo hicieran por los lugares habilitados.
Las pruebas se basaron en la declaración de cinco pasajeros y de dos agentes de la Guardia Civil que estaban en el puerto en el desembarco, y otros dos de la Policía Nacional que se encargaron de la investigación y de entrevistar a los migrantes, quienes identificaron en principio a los tres acusados.
También se presentaron fotografías de la grabación policial de la llegada del cayuco y un video grabado con un móvil de uno de los pasajeros en la que parecía ser la fase final de la travesía.
A partir de estas pruebas la Audiencia concluyó que el procesado fue uno de los patrones de la embarcación, de los encargados del gobierno de la embarcación y la dirección de la travesía pero había dudas sobre los otros dos al no existir una certeza plena, si no tan sólo “serias sospechas”.
Varios agentes de la Guardia Civil sacaron fotografías en las que se identificaba al ahora condenado como persona que manejaba el mecanismo que conectaba con el timón, y a las otras dos en la parte en la que se sitúan los patrones.
Durante el juicio intervinieron varios testigos que inicialmente habían acusado a las personas que estaban en prisión provisional desde entonces, y corrigieron y matizaron sus declaraciones hechas durante la fase de instrucción con sus abogados.
Al principio tres de ellos reconocieron al ahora condenado como uno de los patrones y encargado de la dirección de la embarcación, y se refirieron a los otros dos de una forma matizada, alegando que fueron una decena las personas que se iban turnando para dirigir la embarcación.
En la vista oral se desdijeron y se negaron a identificar a alguno de ellos, y aseguraron que habían declarado bajo la presión de la policía, a lo que no da crédito el tribunal que opta por creer el testimonio del instructor y secretario de las diligencias.
La sala basó la condena con el pleno convencimiento de la profesionalidad y rigor de la actuación de las fuerzas de seguridad y de que las entrevistas fueron correctas.
Las lagunas que se aprecian las atribuye el tribunal a la “manifiesta carencia de medios para desarrollar su trabajo” y descarta que los testigos hubieran sido presionados.
En realidad los testimonios que se tomaron como válidos fueron los prestados en los juzgados ante un juez, fiscal y abogado defensor y luego desmentidos en el momento del juicio y en “una extraña carta conjunta” de la que no supieron dar explicación alguna.
La policía también confirmó mediante el análisis del GPS la ruta de navegación y un incidente relatado por varios testigos como fue la detención del cayuco por una patrullera marroquí, a la que subieron los tres acusados para hablar con los tripulantes, lo que justificaron porque eran los únicos que hablaban francés.
Resultó llamativo que los tres se cambiaran de ropa y modificaran su aspecto nada más desembarcar con el fin de dificultar su posterior identificación por el resto de los pasajeros.
Durante la travesía no hay constancia de que ocurrieran incidentes de gravedad, salvo la avería de un motor que pudieron resolver y los pasajeros tampoco sufrieron necesidades relevantes más allá de las propias de estos viajes “terribles y penosos” y que dispusieron de comida y recursos suficientes.
En la fijación de la condena se tiene en cuenta que los acusados también asumían el mismo riesgo que los demás pasajeros pero se valora el móvil económico de quien ejerció como patrón. EFE
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