Huesca, 24 oct (EFE).- La Audiencia de Huesca ha condenado a 4 años de prisión por un delito de homicidio imprudente a un camionero que provocó la muerte de un matrimonio y de su hija menor de edad, en un accidente ocurrido en septiembre de 2020 en la carretera A-131 a su paso por la localidad altoaragonesa de Chalamera, tras invadir por sorpresa el carril por el que circulaba la familia.
En su sentencia, hecha pública hoy por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA), a la luz del atestado elaborado por la Guardia Civil y del testimonio de un testigo, considera probado que el camionero circulaba a casi 90 kilómetros a la hora en un tramo limitado a 80 y sin guardar la distancia de seguridad necesaria con la furgoneta que le precedía.
En su relato de hechos, la resolución judicial señala, además, que en el momento de producirse el siniestro, sobre las 16.00 horas del 3 de septiembre de 2020, no había condiciones climáticas adversas que dificultaran la visión, y argumenta que el camionero no tuvo tiempo de frenar cuando la furgoneta activó su intermitente derecho para acceder a un camino rural e invadió el carril izquierdo de la vía por la que circulaba el coche de la familia fallecida.
Los magistrados se apoyan también en el testimonio del conductor de la furgoneta, que declaró que el camión articulado causante del accidente le siguió durante un rato a poca distancia.
A su juicio, no sólo quedó acreditado durante el juicio que el acusado, en el momento anterior a producirse la colisión, rebasaba la velocidad permitida prevista para la vía por la que estaba circulando, sino que no se dieron condiciones climatológicas adversas que le impidieran la completa visión de la carretera por la que circulaba.
Añaden, asimismo, que el camionero no respetó la distancia de seguridad reglamentaria con la furgoneta que le precedía y que la invasión del carril izquierdo se produjo como maniobra evasiva para evitar al vehículo que tenía delante.
Por ello, los magistrados afirman en su sentencia que “ha quedado acreditado la comisión del delito de homicidio por imprudencia grave mediante la utilización de un vehículo a motor que produjo el fallecimiento de tres personas”.
La sentencia condena, asimismo al camionero, vecino de Lérida de 56 años, a indemnizar a los familiares de los fallecidos en 154.000 euros, cantidad satisfecha ya por las aseguradoras presentes en la causa como responsables civiles subsidiarias, y le retira el derecho a conducir vehículos a motor durante un periodo de seis años. EFE
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