
El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha acordado mantener en prisión sin fianza a Víctor de Aldama, el presunto conseguidor del 'caso Koldo' al que investiga por pertenecer a una trama que estaría involucrada en un fraude en el mercado de los hidrocarburos.
En su auto, recogido por Europa Press, el juez rechaza así la petición de la defensa de De Aldama que recurrió su prisión provisional al entender que la medida era desproporcionada y vulneraba su derecho a la presunción de inocencia.
El magistrado entiende que la medida debe permanecer para evitar que pueda obstruir la acción de la justicia. "Las alegaciones efectuadas no desvirtúan lo acordado, habida cuenta como se ha hecho ya constar en la resolución que existen motivos bastantes para creer responsable al investigado del delito, aconsejándose la medida como se dijo fundamentalmente a los efectos de que no pueda obstruir a la instrucción de la causa", apunta.
Pedraz añade que "se han acordado múltiples diligencias" que, de hallarse en libertad, pudieran no llegar a su fin "pues pudiera actuar para evitar su consecución". "Es más, una parte importante de lo defraudado (73.902.852,60 euros) podría haber sido transferido a cuentas en el extranjero y se hace preciso proceder a su localización y bloqueo, así como la determinación de las operaciones de blanqueo presuntamente ejecutadas", añade.
Al hilo, recuerda que sustituir la prisión por la prohibición de salida del territorio nacional sería insuficiente dado que, "hoy día, con los medios telemáticos podría seguir operando con los fondos depositados en el extranjero y ocultar los canales utilizados para la transferencia de los fondos a terceros países"
EL RECURSO DE DE ALDAMA
Para la defensa de De Aldama, con su prisión "se produce la vulneración del derecho a la presunción de inocencia y presunción de no culpabilidad como regla de tratamiento procesal y el derecho a un juicio justo".
"La prisión acordada produce grave lesión constitucional, vulnera nuclearmente varios derechos fundamentales, además del de la libertad personal, directamente afectado, y señaladamente el derecho de defensa", indicaba la defensa en su recurso de reforma y subsidiario de apelación al que ha tenido acceso Europa Press.
En el escrito, además, su defensa subrayaba que la puesta a disposición del juez Santiago Pedraz no tuvo lugar en las 72 horas posteriores a su detención. Recordaba que fue detenido a el 7 de octubre a las 7.40 horas y no pasó ante el magistrado hasta el 10 de octubre pasadas las 11.00 horas.
Sobre esto, Pedraz explica en su auto que "basta decir que la detención fue policial y el detenido, según resulta acreditado (acta de detención y volante de entrega en calabozos), fue puesto a disposición judicial en plazo legal".
Para la defensa, la prisión "se ha adoptado con la única finalidad de impulsar o facilitar la investigación patrimonial", algo que "excede los límites constitucionales". Y añadía que, si bien la causa sigue secreta, "los razonamientos que se contienen en la resolución recurrida son a menudo arbitrarios, en el sentido de carentes de soporte objetivo, y se alejan de la realidad".
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