
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha admitido a trámite una denuncia contra la diputada del PSOE de la Asamblea de Madrid, Lorena Morales, por supuestamente hacer propaganda electoral a través de sus redes sociales el pasado 9 de junio, fecha de las últimas elecciones europeas.
Así consta en un auto, al que tuvo acceso Europa Press, en el que se acuerda la admisión de la denuncia por la presunta comisión de un delito electoral. La resolución cuenta con un voto particular de unos de los magistrados al estar en contra de la decisión tomada por la Sala.
La denuncia expone que la parlamentaria madrileña publicó el 9 de junio en una red social un mensaje en el que decía 'Vota PSOE'. El denunciante sostiene que es ilegal la realización de actos de propaganda una vez finalizada la campaña electoral, por lo que la diputada pudiera haber incurrido en "la mencionada irregularidad al pedir el voto para la candidatura socialista durante la jornada electoral".
Los magistrados señalan que "no existe la menor duda de que estamos ante el más prototípico acto de propaganda electoral: aquel en que expresamente se pide el voto para un partido político determinado", indicando que "no se trata de difundir una mera opinión política".
"La denuncia es suficientemente expresiva y su admisión a trámite no da lugar a ninguna suerte de investigación prospectiva: la difusión por una red social de uso tan general como Facebook de un genuino mensaje de propaganda electoral el día de las elecciones es, más que indicio, evidencia directa de un hecho ilícito posiblemente delictivo por las razones expuestas", recalcan.
INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA
En el voto particular, el magistrado subraya que "la relevancia de dicha comunicación no puede sino considerarse no grave atendiendo a su alcance, difusión en una red social pero restringida a la denunciada como emitente del mensaje publicitario, no cabiendo la posibilidad de una gran relevancia en el proceso electoral en curso".
En atención a ello, considera que procede poner en conocimiento de la Junta Electoral Central los hechos para que, en su caso, instruya las actuaciones oportunas por si los mismos pudieran ser constitutivos de una infracción administrativa electoral, tal y como interesa el Ministerio Fiscal.
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