
La actualización de las obligaciones de las entidades bancarias para informar de las operaciones con tarjetas y aplicaciones de pago móvil habían generado cierta preocupación entre la gente. Algunos dudaban de si cada pago realizado con Bizum, tarjeta de crédito o débito, tenía que ser notificado a la Agencia Tributaria. Pero, ante la confusión, el Ministerio de Hacienda ha aclarado este martes todas las dudas, explicando que solo los empresarios y autónomos establecidos en España deberán declarar estos cobros. Así, las transacciones privadas entre particulares quedan completamente fuera del nuevo marco regulatorio.
Antes de la reforma, la obligación de informar sobre los cobros con tarjeta recaía únicamente en entidades financieras y solo si la operación superaba los 3.000 euros. Sin embargo, con la actualización de la normativa, que se aprobó en abril, las reglas han cambiado.
Pero Hacienda ha hecho hincapié en que solo se registrarán los movimientos vinculados a la actividad profesional, excluyendo expresamente los pagos personales, como compartir gastos de cenas, regalos o cualquier otra transacción entre amigos y familiares. Esta precisión busca evitar interpretaciones erróneas y tranquilizar a los ciudadanos sobre su privacidad financiera.
Qué cambia con la nueva normativa
- La obligación se extiende a entidades de pago y de dinero electrónico que operen en España.
- Se elimina el umbral mínimo de 3.000 euros, y ahora la información se enviará de forma mensual, independientemente del importe de la operación.
- Se amplía el tipo de productos financieros sujetos a notificación: cuentas bancarias, cuentas de ahorro, imposiciones a plazo, cuentas de pago y tarjetas, incluso aquellas que no generen intereses o retribuciones.
- Se incluyen explícitamente herramientas de pago móvil, como Bizum, siempre que los pagos correspondan a actividades profesionales o empresariales.
Control anual de tarjetas y recomendaciones para autónomos
La reforma también introduce un nuevo mecanismo de control anual para tarjetas que acumulen más de 25.000 euros en operaciones durante 12 meses. En estos casos, las entidades financieras y de pago deberán informar no solo sobre los abonos y cargos, sino también sobre las recargas, extracciones de efectivo y pagos en comercios. Según Hacienda, esta medida permitirá contar con datos más detallados para detectar posibles irregularidades y mejorar la eficacia de la recaudación fiscal, para reforzar la lucha contra el fraude en operaciones de mayores cantidades de dinero.
Además, todas las nuevas obligaciones entrarán en vigor en enero de 2026, momento en el que las entidades comenzarán a enviar los primeros informes mensuales a la Agencia Tributaria. A partir de febrero del año que viene, la administración recibirá la información correspondiente a las operaciones del primer mes de aplicación. Esto permitirá a Hacienda adaptarse de manera progresiva al nuevo esquema de control y garantizar que los datos recogidos sean precisos y consistentes.
Desde el Ministerio recomiendan a los autónomos y profesionales que separen de manera clara las cuentas personales de las profesionales. Esta medida, sencilla pero eficaz, ayuda a evitar confusiones en caso de inspección y permite demostrar con claridad la naturaleza de cada movimiento. Así, los técnicos de Hacienda aconsejan, por ejemplo, que los gastos compartidos con amigos o familiares no se mezclen con la actividad empresarial, para evitar problemas futuros y simplificar la contabilidad diaria.
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