El Tribunal Supremo le da la razón a CCOO: Correos deberá conceder dos días extra de descanso a toda la plantilla cuando el 24 y 31 de diciembre sean festivos

El sindicato destaca que el alto tribunal fija así “la interpretación legal del convenio” y sienta un precedente que la dirección de Pedro Saura García “tiene que asumir”

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Un camión de reparto postal
Un camión de reparto postal de Correos (Jesús Hellín - Europa Press)

El Tribunal Supremo ha obligado a Correos a garantizar dos días adicionales de descanso a todos sus trabajadores, siempre que el día de Nochebuena, el 24 de diciembre, y el de fin de año, el 31, sean festivo. Así lo ha dictado el tribunal estimando el recurso presentado por Comisiones Obreras (CCOO) contra la decisión de la empresa pública de negar ese derecho en 2022 y 2023 a determinados empleados. En esos años, ambas fechas cayeron en sábado y domingo.

Sin embargo, la dirección de Correos, entonces encabezada por Juan Manuel Serrano, restringió ese derecho de manera “ilegal”, según CCOO, al personal que estaba de baja, de permisos como los de maternidad y paternidad, así como el personal eventual contratado en diciembre para la campaña de Navidad y al que tenía contrato parcial para fines de semana y festivos.

Ante la “ilegalidad” el sindicato liderado por Unai Sordo llevó la situación al Supremo. Este jueves han confirmado en una sentencia firme que ”la denegación fue una cacicada" por parte de la Dirección de Correos, como ha confirmado en un comunicado.

La interpretación legal del Convenio

“La decisión de Correos afectó a miles de personas, y la sentencia firme del Tribunal Supremo concluye de manera contundente que no cabe excluir a ningún trabajador del derecho a estos dos días adicionales, por el mero hecho de pertenecer a un colectivo específico o estar de baja”, ha detallado CCOO en un comunicado recogido por Europa Press, recordando que el derecho corresponde a toda la plantilla.

Según la sentencia, Correos no puede excluir a nadie de este derecho. En su comunicado, CCOO detalla que:

  • El personal de sábados, domingos y fin de semana tiene derecho a los dos días adicionales y, además, a cobrar la gratificación de campaña si trabajan esos días.
  • Los trabajadores ausentes, ya sea por enfermedad o por cuidado de un menor, también tienen derecho a los dos días adicionales.
  • Todo el personal eventual genera igualmente el derecho a esos dos días, ya sea a su disfrute o a percibirlos económicamente.

De esta manera, el sindicato destaca que el alto tribunal fija así “la interpretación legal” del Convenio colectivo de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, y sienta un precedente que la dirección de Pedro Saura García “tiene que asumir”. Además, dicha sentencia, que fija doctrina, obliga a la empresa postal pública a respetar este criterio en el futuro.

Imagen de archivo de Correos.
Imagen de archivo de Correos.

En 2028, cuando el 24 y el 31 de diciembre vuelvan a coincidir en domingo, toda la plantilla generará de nuevo el derecho a los dos días adicionales de asuntos propios, sin ningún tipo de restricción. Asimismo, las reclamaciones individuales que CCOO presentó en 2023 y 2024 para numerosos trabajadores cuentan ahora con respaldo judicial firme y deberán ser atendidas por la empresa.

“Este nuevo éxito judicial demuestra, una vez más, que CCOO defiende los derechos de la plantilla en la negociación colectiva, pero también en los tribunales, ante incumplimientos o abusos de la empresa, lo que garantiza la interpretación justa del convenio y evita recortes injustificados en las condiciones laborales”, ha concluido la organización sindical.

*Con información de Europa Press