El Ayuntamiento de Sevilla pone una multa de 20.000 euros por no devolver los vasos reutilizables en el concierto de Manuel Carrasco

El Consistorio considera “abusiva” la práctica de cobrar por vasos reutilizables sin devolución ni alternativa gratuita

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El cantante, Manuel Carrasco durante
El cantante, Manuel Carrasco durante su concierto en el estadio de La Cartuja. Andalucía (Europa Press)

El Ayuntamiento de Sevilla ha abierto un expediente sancionador a Kabuki Music SL, la empresa organizadora de los conciertos de Manuel Carrasco celebrados en 2023 en el Estadio de La Cartuja, a raíz de una denuncia presentada por Facua. La entidad de defensa de los consumidores alertó de que la promotora cobró a los asistentes 1,5 euros por un vaso reutilizable sin ofrecer la posibilidad de recuperar ese importe al finalizar el evento, una práctica que, según el Consistorio, incumple la normativa autonómica y estatal en materia de protección al consumidor. La propuesta de sanción asciende a 20.000 euros y, por el momento, queda pendiente de posibles alegaciones por parte de la empresa.

Fuentes municipales citadas por Europa Press explican que tanto la Ley 13/2003 de Defensa y Protección de los Consumidores y Usuarios de Andalucía como el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios establecen con claridad que no se puede obligar al consumidor a pagar por un producto accesorio que no ha solicitado, salvo en dos supuestos: que exista la opción de devolución del depósito o que se ofrezca una alternativa gratuita.

Imagen ilustrativa Infobae (AP Foto/Wilfredo
Imagen ilustrativa Infobae (AP Foto/Wilfredo Lee, archivo)

En el caso de los conciertos de Manuel Carrasco, el Ayuntamiento subraya que “no había ni devolución ni alternativa”, lo que convierte el cobro del vaso en una práctica considerada abusiva por la legislación vigente. Este tipo de cláusulas son especialmente vigiladas en eventos multitudinarios, donde la posición de vulnerabilidad del consumidor aumenta por la falta de alternativas inmediatas.

Apertura del expediente

Desde Facua se ha valorado la apertura del expediente como una victoria parcial, aunque la asociación considera que la multa propuesta es “extraordinariamente inferior” al beneficio que la empresa habría obtenido con la venta de estos vasos reutilizables. Según sostiene, la ley andaluza permite que el importe de la sanción alcance hasta diez veces el beneficio económico ilícito derivado de la infracción, por lo que, a su juicio, la sanción de 20.000 euros no sería proporcional al volumen potencial de ingresos generados en un evento con un aforo tan amplio.

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Facua lleva años reclamando un mayor rigor en las sanciones para que sirvan como medida disuasoria frente a prácticas que vulneran los derechos de los consumidores, especialmente en festivales y grandes conciertos donde este tipo de cobros son frecuentes.

El Ayuntamiento, por su parte, justifica la cuantía propuesta en función del aforo de los conciertos, que pudo llegar a los 50.000 espectadores. No obstante, señala que se trata únicamente de una propuesta inicial y que la resolución no será firme hasta que la promotora presente, o no, las alegaciones pertinentes dentro del plazo legal. De este modo, el procedimiento administrativo continúa su curso, pudiendo derivar en una sanción definitiva o en una modificación del importe.

Este caso vuelve a poner de relieve el debate sobre la gestión de los vasos reutilizables en grandes eventos. Aunque su uso se impulsa por razones medioambientales y de reducción de residuos, su implementación debe respetar los derechos de los usuarios. La falta de transparencia o la ausencia de alternativas puede convertir una medida sostenible en una práctica sancionable. El expediente de Sevilla abre de nuevo la reflexión sobre cómo regular correctamente estos sistemas y garantizar que las iniciativas ecológicas no se transformen en un coste injustificado para el público.