
Las comunidades de propietarios pueden llegar a generar ciertas situaciones de tensión e incomodidad entre diferentes propietarios que acaban resultando en un conflicto vecinal. Las zonas comunes y los garajes son algunos de estos temas que acaban en disputas.
En el caso de los segundos, en ocasiones, algunos vecinos dejan su coche o moto aparcado en la plaza que corresponde a otro vecino. Puede deberse a diferentes motivos, tales como casos de unos minutos, prácticas frecuentes, vehículos mal aparcados que sobresalen o invaden plazas ajenas, o casos en los que se utiliza la plaza como trastero.
Todas estas situaciones pueden generar gran tensión entre los propietarios y acabar derivando en la presentación de denuncias, basándose en reglamentos como la Ley de Propiedad Horizontal.
Recogido por la ley
En lo que respecta a la invasión de una plaza de garaje por parte de un vecino, no existe como tal una referencia explícita que haga referencia a esta situación en concreto. Sin embargo, se puede apelar al artículo 9.1 de esta norma, en la que su primer apartado obliga a cada uno de los propietarios a respetar las instalaciones generales y demás elementos comunes del inmueble.
Además, no deben alterar ni ocupar zonas que no le pertenecen. Por lo tanto, al alterarse las plazas de garaje de elementos privativos, están consideradas dentro de esta descripción que menciona la ley.
Más allá de la Ley de Propiedad Horizontal, en el artículo 394 del Código Civil se determina que, en una propiedad compartida, cada uno de los copropietarios puede utilizar los elementos comunes, siempre que no impida ni afecte a su uso por parte de los demás que tengan derecho a utilizarlos.
Identificar al propietario
Antes de interponer cualquier denuncia, es necesario identificar al propietario que ha aparcado o ha invadido con su coche una plaza que no es la suya. Si hubiera conserje en la comunidad de vecinos, se puede recurrir a este profesional para poder obtener esa información, mientras que si no existe esa figura en el edificio, se podrá acudir al presidente, que deberá informarse al respecto.
En algunas comunidades existen acuerdos con grúas privadas, ya que las municipales no pueden acceder a un garaje privado sin una orden judicial al ser considerado un recinto privado. Además, el propio presidente podrá ayudar en la gestión y mediación del problema y remitir la factura del coste de la grúa al vecino que está ocupando la plaza de garaje indebida.
Lo preferible en estas situaciones pasa por apostar directamente por el diálogo, incluso si el problema se da de manera reiterada, se puede convocar una junta de vecinos para exponer el problema, en la que se puede tener el apoyo de otros vecinos y dejar constancia de lo sucedido por si se solicitan testigos más adelante.
Si nada de lo anterior funciona y, por lo tanto, el vecino en cuestión continúa invadiendo u ocupando otra plaza de garaje, habrá que denunciar por un delito de desobediencia, en el que habrá que presentar pruebas y testigos de que se está utilizando esa plaza sin consentimiento. Se trata de un proceso que puede ser lento, pero que en ocasiones puede resultar en la única opción viable para solucionar el conflicto.
La multa variará en función del tiempo que esté ocupada la plaza de garaje, además de que los jueces valorarán si ha habido buena o mala fe durante esa ocupación. Si se considera que ha sido con malas intenciones, se puede llegar a considerar un delito de usurpación de inmuebles, tal y como determina el artículo 425.2 del Código Penal, donde se establecen sanciones de multa de 3 a 6 meses.
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