
En abril de 2023 la Comunidad de Madrid entregó una ayuda directa de dos millones de euros a una asociación llamada Patio Campus, creada apenas unas semanas antes por ocho empresas (BMW, Inditex, L’Oréal, Mahou, Iberia, Pascual, Moeve y Merlin Properties), para “la creación de un campus de emprendimiento empresarial e innovación sostenible en Madrid”.
Esta cantidad se repartió en tres anualidades, 2023, 2024 y 2025, y se destinó a dos grandes bloques: marketing y comunicación, que absorbe 1,45 millones, y costes de personal, que suman 550.000 euros. En el primer bloque entran todas las acciones de promoción del nuevo campus de emprendimiento que ha llevado a cabo la asociación —campañas en medios, redes sociales, newsletters y comunicación de eventos— y en el segundo financiar al equipo directivo y operativo encargado de ponerlo en marcha y poder alquilar las oficinas que se encuentran en la plaza de Pablo Ruiz Picasso.

Las alertas no tardaron en saltar por dos cuestiones principales: la elevada suma de dos millones se entregó ‘a dedo’, de forma directa y sin pasar por una convocatoria competitiva, es decir, eligiendo a un beneficiario concreto por “razones de interés público” y sin antes haber publicado unas bases para que cualquier entidad pueda presentarse y que se elija al beneficiario según criterios objetivos de valoración.
Por otra parte, en la dirección de esta asociación estaba Javier López Zafra, hermano de Juan Manuel López Zafra, quien en ese momento era el director general de Economía de la Comunidad de Madrid.
Más Madrid presentó una denuncia a principios de este año por todas estas presuntas infracciones, que ya está siendo investigada por la Fiscalía de Madrid, y desde la Comunidad de Madrid, aunque públicamente se explicó que era por razones administrativas, se produjeron varios ceses de las personas implicadas: el propio Juan Manuel López Zafra y la en ese momento directora General de Autónomos y Emprendimiento, Irene Correas Sosa, que actualmente es la jefa de Gabinete del Presidente de la Asamblea de Madrid, Enrique Ossorio.

Sin embargo, el caso no se cierra aquí, y hay otra posible infracción más que sumar a la lista. La subvención se entregó sin haber informado a la Comisión Europea sobre si esta entrega de dinero público supone una ayuda de estado o no, paso obligatorio en estos casos para determinar si las subvenciones pueden falsear la competencia dentro de la Unión Europea. Esto supone una nueva infracción por parte del Gobierno de Ayuso y que, tras una investigación de este organismo europeo, podría llegar a declararse incompatible con el mercado interior y se exigiría al Estado miembro la recuperación total de la ayuda del beneficiario.
El informe obligatorio a la Comisión Europea
“Desde Más Madrid sospechamos que con tantos indicios de delito e irregularidades era probable que hubieran cometido una más y que tampoco hubieran emitido el informe obligatorio a la Comisión Europea donde se debía recoger si la ayuda a Patio Campus constituía o no una ayuda de Estado. Hicimos comparecer a la también exdirectora general de autónomos, Irene Correas, que se negó a dar una respuesta precisa, lo que interpretamos como una señal inequívoca del incumplimiento”, explica Marta Lozano, diputada de este partido político, a este periódico.
Infobae España ha contactado con la Comunidad de Madrid y sobre la pregunta de si está ayuda fue notificada a la Comisión Europea, la respuesta ha sido negativa, argumentando que al tratarse de una subvención entregada a una asociación sin ánimo de lucro, y no a una empresa, no era necesario emitir este informe. “La subvención cumple con todos los requisitos y está comunicada a la Base Nacional de Datos de Subvenciones”, añadieron.

Sin embargo, como explica la propia Comisión Europea, “a efectos de las ayudas estatales, una empresa es una entidad que ofrece bienes y servicios en un mercado, independientemente de su personalidad jurídica o de su modo de financiación”. Esto significa, que en el momento que una entidad ofrece bienes o servicios, a ojos de la legislación europea, es considerada una empresa, por lo que esto de por sí no le exime de cumplir las obligaciones que ello conlleva.
Y es que la Comisión Europea es muy minuciosa con este tipo de pagos, ya que, como recoge el artículo 107 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), se pretende evitar que “las ayudas otorgadas por los Estados o mediante fondos estatales” puedan “falsear o amenazar con falsear la competencia, favoreciendo a determinadas empresas o producciones".
El Reglamento (UE) 2022/2472
De esta manera, el hecho de que la beneficiaria sea una asociación sin ánimo de lucro no puede servir como excusa para que no sea comunicada ante la Comisión. Ejemplo de ello, es una ayuda que en 2023, el mismo año que se entregó la de Patio Campus, el Principado de Asturias entregó a la Asociación de Criadores de Ponis de Raza Asturcón (ACPRA).
En la propia resolución de esta subvención se explica en el apartado 3 que “ACPRA se constituye formalmente el 17 de noviembre de 1986 con ámbito nacional, al amparo de Ley 19/77, de 1 de Abril, reguladora del derecho de Asociación Sindical. La Asociación carece de ánimo de lucro, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el desarrollo de sus fines".
Más adelante, en el punto sexto se indica lo siguiente: “De conformidad con lo establecido en el artículo 11 del citado Reglamento [Reglamento (UE) 2022/2472], la ayuda será comunicada a la Comisión [Europea], en la forma y plazo previstos en dicho artículo, siendo el Reglamento de aplicación desde el 01/01/2023 hasta el 31/12/2029″.

Este Reglamento establece en su artículo 11 que “los Estados miembros transmitirán a la Comisión a través del sistema de notificación electrónica de la Comisión, información resumida sobre cada medida de ayuda exenta en virtud del presente Reglamento en el formato normalizado establecido en el anexo II, junto con un enlace que permita acceder al texto completo de la medida de ayuda, incluidas sus modificaciones, en un plazo de veinte días hábiles a partir de su entrada en vigor”. Este texto es el mismo en todos los artículos 11 de los Reglamentos de Exención.
La ayuda se entregó a una asociación sin ánimo de lucro y aún así, la propia resolución de la subvención indica que debe ser comunicada a la Comisión Europea. Al haber sido comunicada esta subvención, recibió un State Aid (SA) Number, que sirven para la identificación y el control de las ayudas económicas y se utilizan para garantizar que las ayudas estatales no distorsionen la competencia leal dentro del mercado único de la Unión Europea.
Este número viene recogido en el informe de esta ayuda concreta en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BDNS).

El Reglamento de exención
Y es que solo existen dos casos en los que una subvención está exenta de notificación formal y son las sujetas a Reglamentos conocidos como de ‘minimis’ y las sujetas a Reglamentos de exención (RGEC), como el caso ya descrito.
El único caso en el que la Comisión no otorga un SA Number a una ayuda es cuando se ajusta al primer tipo de exención, de ‘minimis’, pero solo se puede aplicar cuando la cantidad es menor de 300.000 euros en un período de tres años fiscales. Esto resultaría imposible aplicarlo al de Patio Campus, que alcanza los dos millones de euros, por lo que la única exención en la que podría entrar es la de estar sujeta a Reglamentos de exención.
Patio Campus no tiene SA Number
Sin embargo, en la propia resolución de la ayuda en ningún momento se habla de encontrarse dentro de un Régimen de Exención y desde la Comunidad de Madrid tampoco han querido indicar ninguno.
Además, cómo ocurre en el caso que se ha descrito de Asturias, si una entidad pública se acoge a un régimen de exención, se deberá remitir a la Comisión un resumen electrónico de cada de ayuda exenta en un plazo de 20 días hábiles a partir de la entrada en vigor de la medida, una acción que se conoce como comunicación, y que viene recogida en el artículo 11 de cada reglamento de exención, como se ha explicado.

De esta manera, es obligatorio informar a la Comisión y en respuesta este organismo asigna un SA Number a la ayuda para que sea identificable. En el caso de la ayuda de Patio Campus este número no existe, como se comprueba en su publicación en el BDNS. Infobae España ha preguntado también a la Comunidad de Madrid por este número y no lo han facilitado. “No es necesario comunicar previamente ni obtener autorización previa de la Comisión Europea”, ha sido la única respuesta. Tampoco han facilitado el resumen pertinente que se tendría que haber presentado ante la Comisión, en el caso de estar incluida en un RGEC ni el pertinente informe en el caso de que no entrara en ninguna exención.
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