
El Ministerio de Cultura ha iniciado los trámites del procedimiento para la extinción de cuatro fundaciones franquistas. Durante su comparecencia a petición propia, ante la Comisión de Cultura del Congreso de los Diputados, el ministro Ernest Urtasun ha avanzado que se van a comenzar las actuaciones previas para la extinción de la Fundación José Antonio Primo de Rivera, la Fundación Blas Piñar, la Fundación Privada Ramón Serrano Suñer y la Fundación Pro Infancia Gonzalo Queipo de Llano.
El procedimiento para la extinción de estas cuatro fundaciones seguirá el mismo camino que ya ha iniciado el Ejecutivo con la Fundación Nacional Francisco Franco, que actualmente se encuentra en fase de alegaciones, tras haber iniciado las actuaciones previas para su extinción en 2024 y acordado la apertura del procedimiento el pasado mes de octubre.
Urtasun ha señalado que “un gobierno democrático, digno de tal nombre, no puede permitir que el olvido de todo lo ocurrido en este país se infiltre en nuestra memoria colectiva y la desintegre; un Gobierno democrático debe exigir, siempre y en todo momento, verdad, reparación y justicia, y así lo hacemos y haremos, de la mano de la Ley”.
Fases en la extinción de fundaciones franquistas
En un comunicado, el Ministerio de Cultura ha detallado que el procedimiento se desarrolla en tres fases. La primera, que arranca ahora para las cuatro fundaciones franquistas, consiste en la petición de informe a la Secretaría de Estado de Memoria Democrática. Este informe se solicita con la finalidad de obtener la información y elementos de juicio que puedan motivar el inicio del procedimiento para instar judicialmente su extinción.
La segunda es la apertura del procedimiento, que comienza con la comunicación del expediente a cada fundación y la apertura del correspondiente periodo de alegaciones, que es la fase en la que actualmente se encuentra la Fundacional Nacional Francisco Franco.
Por último, se solicita un informe a la Abogacía General del Estado, a partir del cual el Ministerio de Cultura resolverá si procede instar judicialmente la extinción de cada una de las fundaciones. Finalmente, la resolución del procedimiento será decisión de las autoridades judiciales.
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