
Una familia del País Vasco ha sido condenada a abonar una indemnización de 7.000 euros a una empleada del hogar, de origen guatemalteco, tras haberla despedido después de que se ausentara del trabajo para someterse a una operación de apendicitis. Así lo ha dictado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) recogida por La Vanguardia, que reconoce la vulneración del derecho fundamental a la integridad física y moral de la trabajadora.
La empleada, que trabajaba como interna en el domicilio familiar desde diciembre de 2022 hasta octubre de 2024, carecía de permiso de residencia y trabajo en España y no estaba dada de alta en la Seguridad Social. El despido se produjo pocos días después de la intervención quirúrgica. Según consta en la resolución judicial, la propietaria de la vivienda comunicó el cese mediante un mensaje de WhatsApp, en el que argumentaba que no podía “tener a su madre dando vueltas” ni “esperar más”, justificando así la finalización del contrato.
La trabajadora respondió en la conversación que lamentaba la situación, pero que había enfermado y “tuvo que ser operada”. Sin embargo, la propietaria zanjó el intercambio afirmando que “no podía hacer más” y que “ésta era la única solución”. El sindicato de trabajadoras del hogar de Vizcaya ha representado a la empleada en el proceso judicial, denunciando la precariedad que afecta al empleo doméstico en régimen interno y la ausencia de protección legal en situaciones similares.
El TSJPV reconoce el daño moral y eleva la indemnización
El Juzgado de lo Social número 12 de Bilbao, en una primera resolución, estimó parcialmente la demanda de la trabajadora, declaró nulo el despido y ordenó el pago de 2.751,12 euros en concepto de indemnización, además de 5.655 euros correspondientes a los salarios de tramitación.
La instancia inicial desestimó la solicitud de una compensación adicional por daño moral. La empleada recurrió ante el TSJPV, que ha considerado que el despido se produjo “por una causa directamente vinculada con su estado de salud” y ha elevado la indemnización hasta los 7.000 euros solicitados, según ha dictaminado el propio tribunal. La sentencia del TSJPV, que ha cerrado el proceso, ha reiterado la vulneración de derechos fundamentales y ha fijado la cuantía definitiva de la indemnización, según ha quedado recogido en la resolución judicial.
Uno de los colectivos más vulnerables
Las empleadas del hogar sigue siendo uno de los colectivos más vulnerables. Según una investigación de la ONG Oxfam Intermón, una de cada tres trabajadoras continúa sin estar dada de alta en la Seguridad Social, ya sea por decisión propia o de sus empleadores.
El mismo estudio ha denunciado la informalidad, los bajos salarios y la falta de derechos laborales de estas trabajadoras. Y es que este gremio no tiene reconocida ninguna enfermedad profesional, pese a que el 74% necesiten medicarse para soportar el dolor. Se trata de datos preocupantes que tienen especial relevancia en España, pues es el país de la Unión Europea con mayor número de empleadas del hogar y de cuidados (34,5%).
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