El Supremo elimina la norma que limitaba los años de residencia de los militares en los alojamientos del Ejército

Se estableció un máximo de tiempo por las listas de espera

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Militares en Ibiza, Islas Baleares
Militares en Ibiza, Islas Baleares (Germán Lama - Europa Press)

Los alojamientos militares han sido siempre una parte fundamental de los complejos del Ejército. Muchos soldados residen en un su lugar de trabajo durante años, lo que facilita su plena disposición ante una posible situación de emergencia y les permite tener un techo sin afrontar los elevados gastos que conlleva, teniendo en cuenta el bajo salario de los rangos más bajos.

En 2021, la Justicia emitió una sentencia que limitaba los años que podían estar en estas residencias. El motivo principal que empujó esta decisión es la lista de espera que existe para vivir en los cuarteles, debido al elevado número de militares para las habitaciones y camas disponibles. Ahora, esta situación ha vuelto a cambiar con la reciente sentencia del Tribunal Supremo, que ha decidido eliminar este máximo de años.

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Supremo anula el límite en las residencias militares

La Asociación Unificada de Militares Españoles (AUME) fue la que impulsó la oposición a la Instrucción Técnica 17/11. El fallo del Supremo del pasado 20 de octubre, publicado dos semanas después, estima el recurso presentado por AUME y reconoce varios de sus argumentos. El tribunal considera que dicha instrucción no se limita a ordenar aspectos internos para los mandos del Ejército de Tierra, sino que constituye una disposición de alcance general, aplicable a todos los miembros de la fuerza.

Además, la Sala determina que esta normativa debió someterse a consulta en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas para garantizar la participación de las asociaciones profesionales y permitir la presentación de alegaciones. AUME resalta el impacto del fallo, ya que el Tribunal Supremo reconoce la existencia de un derecho al alojamiento, especialmente relevante para los miembros de la Escala de Tropa, que suelen recurrir a estos alojamientos logísticos.

El tribunal establece que este derecho está ligado a la exigencia de movilidad geográfica y la disponibilidad permanente exigida al personal. Tras la sentencia, se plantea la posibilidad de reclamar compensaciones para aquellos militares del Ejército de Tierra que fueron desalojados de sus alojamientos bajo la instrucción que ahora queda anulada.

El Rey Felipe VI ha visitado este domingo el Cuartel General de la Unidad Militar de Emergencia (UME) para recibir la última información sobre el despliegue de efectivos en las tareas de extinción de los incendios. (Fuente: UME)

Máximo de años por la lista de espera

La modificación de 2021 introdujo un límite de tiempo para la estancia en los Alojamientos Logísticos Militares (ALM). Se estableció un máximo general de tres años continuados para oficiales generales, oficiales y suboficiales, con la posibilidad de extender ese plazo a cuatro años únicamente en situaciones excepcionales. Para los militares de Tropa, el límite de permanencia definido fue de seis años.

La normativa establecía que, si existía lista de espera, aquellos residentes que hubieran alcanzado el máximo de tiempo permitido debían abandonar el alojamiento. En primer lugar, saldrían quienes acumulaban mayor tiempo de estancia. Si varios cumplían ese requisito, la siguiente prioridad recaía en el grado jerárquico, debiendo abandonar antes el de menor empleo. Si coincidían en empleo, se consideraba la antigüedad en el cargo y, en última instancia, la edad.

Ahora, el Supremo ha echado para atrás esta decisión. Entiende que los soldados deben beneficiarse del derecho a un hogar y la particularidad de la vida militar. No obstante, si bien cierra un problema que existía con los profesionales que perdían su vivienda, crea una nueva preocupación con cómo afrontar las listas de espera.