La justicia perdona a un empresario casi 250.000 euros de deudas: prevalece la “buena fe” del deudor sobre la “interpretación” rígida de la ley

El fallo ha abierto la puerta a que otros profesionales en apuros puedan acceder a un mecanismo de reinicio económico

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Oficina de la Seguridad Social.
Oficina de la Seguridad Social. (Europa Press)

Un juzgado mercantil de Sevilla ha concedido la exoneración total de una deuda cercana a 250.000 euros a un empresario sevillano, en una decisión que prioriza la “buena fe” del deudor frente a la “interpretación estricta de la ley”, pese a la oposición expresa de la Seguridad Social. El fallo marca un hito en la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad y puede abrir la puerta a que otros autónomos y empresarios en situaciones similares accedan a una segunda oportunidad real, según la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, que ha difundido este caso.

El protagonista de esta historia, cuya identidad permanece protegida, inició en 2005 un negocio de tiendas de ropa en Sevilla. Pero la llegada de la crisis económica de 2007 truncó la viabilidad de su proyecto: la caída de las ventas le obligó a refinanciar deudas y asumir nuevos créditos, muchos de ellos bajo la presión de la entidad bancaria, que no ofrecía alternativas. El cierre del negocio desembocó en una situación insostenible —cuenta esta asociación—, con embargos múltiples y sin posibilidad de recuperar la estabilidad económica.

La situación se agravó al figurar como avalista de la vivienda de un familiar, lo que incrementó notablemente el volumen total de la deuda frente a diversas entidades financieras. Tras años de dificultades y sin patrimonio que liquidar, el empresario recurrió al asesoramiento de la Asociación Ayuda al Endeudamiento, que le orientó hacia la Ley de Segunda Oportunidad como única vía para salir del círculo vicioso del endeudamiento.

Proceso judicial y oposición de la Seguridad Social

El Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Sevilla admitió el concurso de acreedores y, tras constatar la ausencia de patrimonio, abrió el plazo para solicitar la exoneración de la deuda. El desenlace se complicó cuando la Seguridad Social se opuso a la exoneración. La Administración sostenía que debía denegarse por existir contra el empresario una derivación de responsabilidad solidaria por deuda tributaria no satisfecha, por una suma de 5.131,78 euros.

La defensa reconoció la existencia de esa derivación, pero sostuvo que no existía conducta culpable y que impedir la cancelación de casi 250.000 euros por una deuda con la Seguridad Social inferior a 5.200 euros no respondía al espíritu de la Ley de Segunda Oportunidad. Esta norma, aprobada en 2015 a iniciativa del Gobierno de Mariano Rajoy, está dirigida a autónomos y particulares que por su crítica situación financiera ya no puedan afrontar su endeudamiento, estableciendo un mecanismo para buscar su reestructuración o incluso su exoneración.

Más letras y menos depósitos: los ahorradores disparan su inversión en deuda pública atraídos por su rentabilidad.

El juzgado, tras analizar los argumentos, desestimó la postura de la Seguridad Social y concedió la exoneración total, aplicando una interpretación más flexible del texto legal. El tribunal subrayó que la deuda derivada no tenía suficiente peso para bloquear el acceso al beneficio, y que debía “prevalecer la buena fe y la finalidad social de la ley”, según ha señalado la asociación. “Esta resolución supone un paso decisivo”, explica en un comunicado José Domínguez, letrado de la Asociación. “El juez ha entendido que la Ley no puede interpretarse de forma tan estricta que deje fuera a quienes realmente necesitan una segunda oportunidad. La derivación con la Seguridad Social no debe ser una barrera infranqueable cuando el deudor ha actuado con transparencia y sin ocultar bienes.”

Hasta ahora, la existencia de deudas públicas, aunque fueran de importe reducido, bloqueaba muchas solicitudes de exoneración. Con este fallo, el juzgado sevillano marca un camino más flexible y garantista, alineado con la doctrina europea y el espíritu rehabilitador de la ley.