
Bernarda, madre española residente en Londres, acudió al Registro Civil Consular de España en la capital británica con un objetivo concreto: que su hija Rosa, nacida en 2020 y con doble nacionalidad, pudiera llevar en la documentación española los apellidos británicos “Carmela” que ya utilizaba en el Reino Unido. Hasta aquí parece algo normal. El problema es que su hija llevaba los segundos apellidos de los padres, en vez de los primeros, una práctica conforme a la legislación del Reino Unido, pero ajena a la normativa española.
El conflicto legal nació de esa colisión entre dos sistemas. Por un lado, la voluntad de los padres de dar a Rosa los segundos apellidos de ambos, como marca la costumbre en el Reino Unido, estaba respaldada por su experiencia personal y por su vida compartida en Londres. Por el otro, la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública se amparó en la normativa española para denegar el cambio solicitado. Lo hacía alegando que, para los españoles, los apellidos de los hijos deben derivar del primer apellido de cada progenitor, en el orden que ellos acuerden, y no del segundo. Esta negativa abrió una batalla judicial que se dirimió en los tribunales de Valencia.
En su fallo emitido el 16 de julio de 2025, la Audiencia Provincial de Valencia descartó los argumentos de Bernarda y confirmó la postura de las autoridades españolas: la hija no podrá llevar en España los apellidos británicos que usa en Londres. La sentencia recalcó que la normativa española prioriza la filiación y el orden de los apellidos conforme a las reglas del Código Civil y la Ley del Registro Civil, sin admitir que los progenitores elijan el segundo apellido ni permitan excepciones inspiradas por tradiciones extranjeras.
El tribunal consideró que los argumentos de la madre, centrados en la vida diaria en Londres y en el uso público de los apellidos “Carmela”, no acreditaban ninguna “situación de hecho” ajena a la voluntad de los padres que justifique el cambio. El uso de esos apellidos en el ámbito británico —en documentos como el pasaporte o el número de la Seguridad Social, y en detalles como la inscripción en una guardería o la apertura de una cuenta bancaria— no puede imponerse en la documentación española: la ley exige más que el simple deseo de adaptarse a la práctica extranjera.
La historia de Rosa encuentra sus raíces en Londres, donde nació en 2020 en el seno de una familia mixta: su madre, Bernarda, española; su padre, Eutimio, británico. Ambos decidieron inscribirla en el Registro Civil Consular de la capital británica, seleccionando los segundos apellidos de cada progenitor. Así, la pequeña fue conocida en Inglaterra por esos apellidos que enlazan ambas herencias, mientras que en España se inscribió con los que marca el Código Civil.
Qué dice la ley española
El conflicto se agudizó en junio de 2022, tras la denegación de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública a autorizar el cambio de apellidos en el Registro Civil español. El razonamiento administrativo fue tajante: la ley española limita la elección de apellidos al primer apellido de cada progenitor y contempla los cambios solo en supuestos justificados, nunca cuando la situación haya sido creada por los propios interesados. Para la administración, el hecho de que la menor tuviera un año cuando los padres inscribieron los apellidos británicos, y que los documentos ingleses reflejaran esa fórmula, no constituía un motivo para vulnerar lo dispuesto en la legislación nacional. Además, la minoría de edad de Rosa impedía argumentar que la costumbre de uso fuera un hecho consolidado y no una decisión parental.
El recorrido judicial arrancó con la demanda de Bernarda en el Juzgado de Primera Instancia nº 8 de Valencia, que el 23 de mayo de 2024 desestimó su pretensión. Descontenta, la madre apeló ante la Audiencia Provincial de Valencia, insistiendo en que la ley debía flexibilizarse para respetar la vida real de las familias transnacionales y el derecho de la menor a ser reconocida formalmente como “Carmela” también en España. El tribunal, sin embargo, rechazó el recurso, argumentando que la normativa sobre apellidos en España se aplica incluso a hijos con doble nacionalidad y que la opción legal, recogida en los artículos 109 del Código Civil y 49 de la Ley del Registro Civil, sólo permite elegir el orden de los primeros apellidos, no sustituirlos por los segundos o adoptar los del sistema británico.

La sentencia, dictada el 16 de julio de 2025, supone el cierre del caso en la Audiencia Provincial, impide el cambio de apellidos en España y obliga a la madre a perder el depósito judicial presentado para recurrir. Solo queda la opción de plantear recurso de casación ante el Tribunal Supremo dentro de los veinte días siguientes a la notificación, un trámite reservado para supuestos en los que concurre interés casacional según el artículo 477 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. El caso de Rosa se convierte así en un ejemplo nítido de la colisión entre realidades familiares internacionales y una normativa española restrictiva, blindada frente a la costumbre extranjera.
El Centro de Documentación Judicial (CENDOJ), responsable de la publicación de la jurisprudencia española, altera los nombres reales en las sentencias para proteger la privacidad, en aplicación del Reglamento 5/1995 de los Aspectos Accesorios de las Actuaciones Judiciales, aprobado por resolución del Consejo General del Poder Judicial en 1997.
Últimas Noticias
“Cuando las tareas cotidianas se te hacen imposibles, has alcanzado tu límite”: un terapeuta analiza qué es el ‘burnout’
No detectar las señales a tiempo puede provocar un círculo vicioso de estrés y ansiedad por no llegar a los compromisos

Qué ver esta noche en Disney+ España
En la batalla entre servicios de streaming, Disney+ busca mantenerse a la cabeza

Lavado de pelo al estilo japonés: una técnica que estimula el crecimiento sano del cabello
Una experta explica los mejores secretos que adoptar a la rutina capital, tras haberse formado como esteticista en Japón

Antonio Banderas se sincera sobre su relación con Melanie Griffith: “La clave de nuestra amistad es la responsabilidad como padres”
El matrimonio, que se divorció en 2015 tras más de 18 años de relación, celebró el pasado octubre la boda de su única hija en común

Triplex de la Once: jugada ganadora y resultado del sorteo 4
Juegos Once anunció la combinación ganadora del Sorteo 4 de las 17:00 horas



