María Cristina Clemente, notaria, sobre heredar con deudas: “Puedes aceptarla a beneficio de inventario y no responder con tus bienes propios”

Para conocer el estado real del patrimonio del difunto, la experta recomienda solicitar el informe de actividad del fallecido, que mostrará su situación económica

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Las herencias con deuda pueden
Las herencias con deuda pueden aceptarse a beneficio de inventario (@notariabuendia)

Cuando fallece un familiar, la herencia no siempre viene acompañada de tranquilidad. En ocasiones, los bienes que se reciben van de la mano de importantes deudas que pueden comprometer el patrimonio personal del heredero. En estos casos, la legislación española ofrece una salida segura y legal: aceptar la herencia “a beneficio de inventario”.

Este mecanismo, poco conocido por muchos ciudadanos, permite proteger los bienes propios del heredero y limitar su responsabilidad solo a lo que reciba del causante. Así lo explicó la notaria María Cristina Clemente, conocida en TikTok como @notariabueldía, en un vídeo que busca aclarar uno de los aspectos más delicados del derecho sucesorio.

“¿Sabes que si la herencia de tu causante tiene deudas puedes aceptarla a beneficio de inventario?”, plantea Clemente al inicio de su intervención. “Pero ¿Sabes realmente en qué consiste y cómo se hace? Se tramita siempre ante notario y supone que solo respondes de las deudas de tu causante y los legados hasta donde alcancen los bienes hereditarios, nunca con tus bienes propios, a diferencia de lo que sucede en una aceptación pura y simple”.

Este procedimiento, explica la notaria, se articula en dos pasos fundamentales y requiere especial atención a los plazos legales. El primero consiste en solicitar la formación notarial del inventario, un documento que recoge con detalle todos los bienes, derechos, deudas y obligaciones del fallecido. “Muy atentos al plazo -advierte Clemente-, es tan solo de treinta días si estás en posesión de la herencia o parte de ella, a contar desde el día en que supiste que eras tal heredero”.

En el caso de que la persona no esté en posesión de los bienes heredados, el plazo comienza a contar “desde que aceptaste la herencia o gestionaste como tal heredero”. Y si ninguna de estas situaciones aplica, el heredero podrá acogerse al beneficio de inventario “mientras no prescriba la acción para reclamar la herencia, que son treinta años”.

La importancia del informe de actividad del fallecido

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Para conocer el estado real del patrimonio del fallecido, Clemente recomienda una herramienta clave: “Te puede ser de gran utilidad solicitar al notario el llamado informe de actividad del fallecido, que mostrará tanto sus bienes y derechos como sus deudas u obligaciones”. Este informe ayuda a los herederos a tomar decisiones informadas antes de asumir compromisos que podrían derivar en responsabilidades económicas no deseadas.

El segundo paso es la citación a los acreedores y legatarios. El notario debe notificar a todas las personas que tengan créditos o derechos sobre la herencia, garantizando así que puedan presentarse durante el proceso de inventario. Este requisito es esencial para que el beneficio de inventario sea válido y surta efecto legal.

Clemente advierte además de las consecuencias de no seguir correctamente el procedimiento: “Si no cumples con estas normas legales sobre protección de acreedores y legatarios, a petición de estos, perderás el beneficio de inventario. Es decir, pasarás a responder ilimitadamente con tus bienes propios”.

El vídeo de la notaria recuerda que aceptar una herencia no siempre implica recibir un beneficio inmediato. En algunos casos, puede convertirse en una carga que acompañe durante años. La figura del beneficio de inventario permite al heredero cumplir con sus obligaciones legales sin poner en riesgo su estabilidad económica, garantizando que las deudas del fallecido no se conviertan en una herencia indeseada.