
El Defensor del Pueblo Andaluz en funciones, Jesús Maeztu, ha iniciado una investigación de oficio tras conocerse “las graves disfunciones” reveladas en el Programa de Detección Precoz del Cáncer de Mama en Andalucía. En un comunicado, la institución expresa su “consternación” y “honda preocupación” por los hechos, y quiere contribuir a esclarecer las causas, el alcance sanitario y los posibles daños derivados de la falta de comunicación de resultados a miles de mujeres que participaron en este programa preventivo.
El detonante han sido los testimonios de mujeres afectadas y las manifestaciones públicas de la asociación Amama, unidas a la confirmación por parte de responsables de la Consejería de Salud de que, al menos, 2.000 mujeres con resultados “no concluyentes” desconocían su situación al no haberles sido trasladada la información obtenida en sus mamografías de cribado.
“Podría comprometer el derecho a la protección de la salud”
El Defensor recuerda que el programa PDP-CM, activo desde 1995 y citado como uno de los programas de salud pública más consolidados en Andalucía, realiza cada año alrededor de 450.000 mamografías a mujeres de entre 49 y 71 años. El objetivo del cribado es detectar lesiones en fases iniciales para mejorar el pronóstico, reducir la mortalidad y evitar intervenciones mutilantes. Sin embargo, para Maeztu lo ahora conocido “pone en entredicho el principio esencial del programa: garantizar la detección precoz ofreciendo información y respuesta sanitaria en tiempo y forma”.
La Institución considera especialmente grave que las mujeres con hallazgos catalogados como lesiones “dudosas” o “no concluyentes” (BI-RADS 3) no hayan sido informadas, ni citadas para completar el estudio o realizar seguimiento evolutivo. Esta situación, dada a conocer por los medios de comunicación, “podría comprometer el derecho a la protección de la salud y vulnerar la normativa sanitaria vigente sobre información clínica”.
El Defensor subraya que el derecho de las pacientes a conocer los resultados de cualquier prueba diagnóstica está recogido en la Constitución, el Estatuto de Autonomía de Andalucía y la Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente. “La ausencia de comunicación, además de lesionar derechos, puede suponer una pérdida de oportunidad asistencial y generar daños evitables”, añade, para informar de que ha solicitado a la Consejería de Salud y al SAS información precisa en tres bloques, y un cuarto punto que consistiría en conocer el resultado de la investigación y de la auditoría.
*Información elaborada por EFE
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