Francisco Rius, inspector jefe de la policía: “Se puede detener a un miembro del Gobierno en España”

Diputados, senadores, ministros, secretarios de Estado y presidentes de comunidades autónomas disponen de mecanismos procesales distintos al que pueda tener un ciudadano común

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El exministro de Transportes, José
El exministro de Transportes, José Luis Ábalos, en el Congreso de los Diputados. (Europa Press)

Especialmente a raíz del estallido del caso Koldo, que involucra al exministro de Transportes José Luis Ábalos por un presunto cobro de comisiones a cambio de obra pública, te habrás formulado esta pregunta: ¿Se puede detener a un miembro del Gobierno en España? ¿Y a un diputado? Les adelantamos que la respuesta corta es sí. Pero la respuesta larga indica que hay matices: tanto diputados, como senadores, ministros, secretarios de Estado y presidentes de comunidades autónomas disponen de mecanismos procesales distintos al que pueda tener el lector de este artículo.

Según explica Francisco Rius, inspector jefe de la policía conocido en TikTok como @metodorius, la Constitución Española, en su artículo 102, contempla que los miembros del Ejecutivo cuentan con el llamado “aforamiento”, una protección jurídica que asigna a determinados altos cargos el derecho a ser investigados solo por tribunales superiores.

Por ejemplo, el aforamiento implica que para proceder penalmente contra el presidente del Gobierno, un ministro u otro miembro aforado, el Tribunal Supremo es el único competente para autorizar la investigación. Solo ese tribunal, y no los juzgados ordinarios, puede tomar medidas como el enjuiciamiento o la detención si se reunieran los elementos necesarios.

El Ministerio de Justicia de España justifica en su portal web que la finalidad del aforamiento es “garantizar el desarrollo de la función pública y la estabilidad democrática”, protegiendo a los miembros del Gobierno frente a denuncias infundadas o “persecuciones judiciales” de carácter político.

Un procedimiento equilibrado

Esta condición también tiene sus desventajas. La compañía de defensa jurídica especializada Arag explica en su página web que el aforamiento no implica necesariamente beneficios especiales ante la Ley. De hecho, explica la compañía en una publicación en su blog, una sentencia del Tribunal Supremo no admite apelación salvo que se recurra ante instancias europeas.

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado este jueves la continuidad en prisión provisional del ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán, por riesgo destrucción de pruebas ante indicios de su "papel directivo" en la presunta trama de amaño de obras del 'caso Koldo'. (Fuente: Europa Press y PSOE)

Un ciudadano que no dispone de aforamiento puede apelar una sentencia emitida por un juzgado de Primera Instancia, mientras que quienes cuentan con este estatus ven sus causas dirimidas directamente en tribunales superiores, donde las posibilidades de interponer recursos se reducen respecto a los órganos judiciales de primera instancia.

No debe confundirse el aforamiento con la inmunidad parlamentaria. La inmunidad de un diputado establece que para que un juez les investigue, debe solicitar una autorización a la Cámara legislativa correspondiente. Por eso, explica Rius, un ministro que no cuente con un escaño en las Cortes, si bien está aforado, no disfruta de la inmunidad parlamentaria.

En situaciones excepcionales, los altos cargos pueden ser arrestados sin previo consentimiento si se les encuentra cometiendo un “delito flagrante”, aunque la puesta en libertad o la prisión preventiva requiere validación inmediata por parte del Tribunal. Rius explica que la acusación por estos delitos solo puede ser iniciada por al menos un cuarto de los miembros del Congreso y tiene que ser aprobada por mayoría absoluta.

En el resto de casos, para levantar el aforamiento de un diputado, el juez debe informar al Congreso de los Diputados, al Senado o a la Asamblea correspondiente antes de proceder. Estos organismos pueden autorizar o denegar el levantamiento del aforamiento. Una vez concedido, el procedimiento penal sigue su curso, siempre bajo la competencia del tribunal superior correspondiente.