
El 5 de julio de 1985 fue un día clave para el avance en la protección de los derechos reproductivos de las mujeres. Tal día, hace cuatro décadas, se dio el paso para regular el aborto en España; y aunque en un principio solo estaba permitido en casos de riesgo para la vida o la salud de la embarazada, violación, o malformaciones fetales graves, su evolución ha permitido que la mujer pueda interrumpir voluntariamente el embarazo hasta la semana 14, o hasta la semana 22 si existe riesgo en su bienestar.
A pesar de ello, en la actualidad, el acceso al aborto sigue siendo un derecho que hay que proteger y fortalecer; o así lo ha expresado la Ministra de Sanidad, Mónica García, en un evento conmemorativo por los 40 años de la legalización de esta normativa, junto a la ministra de Igualdad, Ana Redondo: “Los derechos sexuales y reproductivos son salud, especialmente para las mujeres”. Durante el acto, han promocionado la nueva web www.quieroabortar.org que brindará información, orientación y acompañamiento “para que ninguna mujer se sienta sola y desorientada en un momento tan delicado”.
No obstante, al revisar la web, los usuarios pueden percatarse de que las mujeres que residen en Ceuta y Melilla no tienen las facilidades sanitarias que el resto del país. Y es que, aquellas que busquen interrumpir su embarazo deben desplazarse a centros clínicos de la península, ya que ningún hospital ni centro sanitario público o privado de las dos ciudades autónomas ofrece el procedimiento.
Los traslados a la península para garantizar una igualdad sanitaria
A diferencia de las demás comunidades autónomas, donde la interrupción voluntaria del embarazo está garantizado, en Ceuta y Melilla estos recursos no están disponibles. De acuerdo con la información de quieroabortar.org, los traslados a la península suelen derivar a las mujeres hasta Andalucía, donde se realiza el procedimiento en clínicas acreditadas de Algeciras, Málaga, Almería, Granda, Huelva o Sevilla. Afortunadamente, las pacientes no deben preocuparse por los gastos del traslado, de la intervención o por su acompañante, ya que lo cubre el sistema sanitario público.
Aun así, estas medidas no son suficientes para garantizar la máxima comodidad en un proceso tan delicado. Pero, ¿a qué se debe este desplazamiento? Tal y como se puede consultar en la nueva web, sendas ciudades autónomas son los únicos territorios sin recursos locales tanto por métodos farmacológicos e instrumentales. De este modo, todas las mujeres que deseen acceso gratuito a este procedimiento deben comenzar el proceso en su hospital público local, en cuya consulta se realiza una ecografía, antes de la derivación a la península, incluso para los casos en los que se necesite un abordaje menos invasivo, como la píldora abortiva.
Concretamente, en Melilla, este panorama ha empeorado, según ha confirmado el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (Ingesa), organismo dependiente del Ministerio de Sanidad y gestor de la sanidad pública en las dos ciudades autónomas, cuando el 100% de los médicos de la ciudad se declararon objetores de conciencia. Pese a ello, el gerente del área de salud local, Alberto Romero, ha indicado que se han estudiado modelos de otras comunidades, como Cataluña y Cantabria, para habilitar el servicio dentro del marco legal de objeción de conciencia.

La tasa de abortos más baja de España
Las cifras oficiales del Ministerio de Sanidad corroboran el excepcional funcionamiento en estas ciudades. En Melilla, 128 mujeres interrumpieron voluntariamente su embarazo en 2023; de ellas, solo tres lo hicieron en hospitales y el resto, 125, acudieron a centros extrahospitalarios privados en Andalucía. Mientras, en Ceuta, el informe ministerial registró 15 abortos, todos en centros privados. La falta de una igualdad ante el acceso a los servicios sanitarios es la responsable de que estas ciudades tengan la tasa más baja de abortos en toda España: apenas 4,08 interrupciones por cada mil mujeres en edad fértil (15-44 años), frente a una media nacional de 12,22, según ha informado EFE.
Y es que, el hecho de tener que desplazar a las pacientes a otra comunidad supone un problema para los plazos tan estrictos sujetos a la intervención. En Andalucía, el método farmacológico se aplica hasta la semana nueve y el instrumental hasta la semana 22, siempre en las clínicas acreditadas. Asimismo, hay que tener en cuenta que entre las semanas 14 y 22, las personas solicitantes pueden encontrar dificultades adicionales porque se exige un informe médico específico. Pasado este plazo, solo se autoriza la interrupción en presencia de anomalías graves, debiendo pasar el caso por un comité clínico.
La imposibilidad de acceder a este derecho sanitario en el propio lugar de residencia genera preocupación entre asociaciones y organismos de igualdad. Isabel Muñoz, directora general del Ingesa, ha explicado para El Faro de Melilla que la interrupción voluntaria del embarazo es un derecho regulado por ley y garantizado por la sanidad pública. Sin embargo, la objeción de conciencia del personal médico complica la prestación del servicio en Melilla, lo que devuelve la cuestión a la responsabilidad del Estado para asegurar el acceso en igualdad de condiciones.
Aunque el sistema público asume los costos, la ausencia de prestación local limita la inmediatez y accesibilidad del derecho reconocido en la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva. Mientras el Ingesa estudia alternativas para cumplir la normativa y respetar la objeción de conciencia de los sanitarios, las mujeres de las dos ciudades mantienen la necesidad de desplazarse a miles de kilómetros para ejercer un derecho garantizado en el resto del país.
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