
La Guardia Civil, aunque no pertenece al Ejército, es un cuerpo de las fuerzas de seguridad de España que responde en organización y funcionamiento al modelo de instituto armado de naturaleza militar. Esto no es nuevo, ya que en el decreto de su fundación se habla de “una fuerza civil de seguridad pública”, pero que “en cuanto a organización y disciplina, depende de la jurisdicción militar”.
En la Constitución Española de 1978 se realizó una distribución clara entre las Fuerzas Armadas y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, poniendo a la Guardia Civil en el segundo de estos grupos.
Sin embargo, han seguido manteniendo su “naturaleza militar”, lo que ha llevado que se hayan quedado a caballo entre ser una fuerza civil o militar. Por esta razón, leyes y normativas que equiparan a los miembros de este cuerpo con los pertenecientes al Ejército.
Entre todas, una de las más controvertidas es el punto cinco del artículo primero de la Ley Orgánica 14/2015, de 14 de octubre, del Código Penal Militar. Este establece que en tiempos de paz, “el Código Penal Militar se aplicará a los miembros de la Guardia Civil y a los alumnos pertenecientes a la enseñanza de formación de dicho cuerpo cuando se trate de acciones u omisiones constitutivas de delito militar previstas en el Título II del Libro Segundo de este Código”.
“No contribuye a la mejor realización de las misiones de la Guardia Civil”
Desde la creación de esta legislación la Guardia Civil ha tenido una lucha constante para conseguir eliminarla y así evitar que sus miembros puedan ser juzgados por un Tribunal Militar. Tras diez años, podrían estar muy cerca de conseguirlo gracias al grupo parlamentario Sumar.
Y es que el pasado miércoles 24 de septiembre este socio de Gobierno presentó en el Congreso una Proposición No de Ley, elaborada por Izquierda Unida dentro del grupo plurinacional, para su debate y aprobación en la Comisión de Interior con el objetivo de lograr la exclusión total de la Guardia Civil de la aplicación del Código Penal Militar mientras desarrollen sus funciones civiles.
En el escrito, describen como “innecesario” el régimen actual, ya que “no contribuye a la mejor realización de las misiones que la Guardia Civil tiene encomendada al servicio de la ciudadanía”.
“La aplicación de la redacción dada al apartado 5 del artículo 1 del actual Código Penal Militar - además de no respetar los principios de taxatividad y certeza - ha supuesto que los y las guardias civiles puedan ser objeto de condena penal e ingresen en prisión militar por hechos acaecidos en el cumplimiento de funciones policiales e incluso cuando no están de servicio y no tienen su condición de guardia civil activada”, denuncian en la proposición.

El problema que destacan está en que “muchas de la acciones u omisiones establecidas como delitos militares”, ya están tipificados con “suficiente reproche sancionador en los diversos ilícitos y sanciones disciplinarias que se relacionan en la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, de régimen disciplinario de la Guardia Civil”, lo que lo hace redundante.
Para reforzar la petición, ponen de ejemplo el caso de un agente de la Guardia Civil que va a ser juzgado por un tribunal militar de Santa Cruz de Tenerife por un supuesto de delito de incumplimiento del deber de residencia, “solicitando la fiscalía togada una pena de 6 meses de prisión” por unos hechos que, “además de jurídicamente discutibles, no debieran pasar de un mero procedimiento disciplinario administrativo”.
“Firme apoyo, decidido y valiente”
Este movimiento ha sido abiertamente celebrado por los sindicatos de la Guardia Civil y desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) han mostrado su “firme apoyo, decidido y valiente en cualquier iniciativa que ponga fin a esta discriminación”. Su objetivo principal es conseguir que “los miles de hombres y mujeres que componen la Guardia Civil, y que arriesgan su vida cada día por la seguridad de la ciudadanía, no continúen siendo tratados como policías de segunda en ningún nivel, ni jurídico, económico o profesional”.
Para ello piden al resto de grupos políticos que “estén a la altura de esta demanda legítima”, ya que esta medida “no solo resulta injusta”, sino que “es incompatible con los principios democráticos y con la modernización que merece una institución fundamental para la seguridad pública en España”.
Desde JUCIL, la asociación mayoritaria de la Guardia Civil y con mayor representatividad en su Consejo, van un paso más allá y se dirigen directamente al Ministerio del Interior y a su representante, Fernando Grande Marlaska, para exigirle que derogue el Código Penal Militar (CPM) para los guardias civiles en tiempo de paz.
Esta asociación destaca que “la propuesta parlamentaria pone el foco en el artículo 1.5 del CPM, cuya redacción ha permitido que numerosos guardias civiles sean objeto de condena penal e incluso ingresen en prisión militar por hechos acaecidos en el cumplimiento de funciones policiales e incluso cuando no están de servicio”.
“La Proposición no de Ley insta al Gobierno a impulsar los cambios legales oportunos para que, a los miembros del Instituto Armado, al igual que a los demás integrantes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, no se les aplique el Código Penal Militar en tiempos de paz, con el objetivo de preservar sus derechos fundamentales y garantizar la eficacia de sus servicios”, concluyen.
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