¿Es delito mirar el WhatsApp de tu pareja? Un asesor judicial responde: “Podrías acabar en prisión”

Este es un delito regulado en el Art. 197 del Código Penal y, según la ley, constituye una vulneración de la intimidad

Guardar
Mirar las conversaciones de WhatsApp
Mirar las conversaciones de WhatsApp de tu pareja sin consentimiento puede incurrir en un delito castigado por el Código Penal (Freepik)

En ocasiones, entre algunas parejas, se dan situaciones de desconfianza que hacen aparecer determinadas actitudes. Se trata de conductas tóxicas que cuestionan la honestidad del otro y ponen en peligro la relación. Hablamos de revisar el móvil del otro sin que este lo sepa. Si bien estas dinámicas pueden no ser infundadas, es decir, suelen partir de una sospecha por lo que pueda estar haciendo el otro, hay veces en el que la necesidad controladora de algunas personas o un apego muy ansioso pueden socavar la intimidad de aquel con el que comparten su vida cotidiana. En casos extremos, donde la infidelidad es muy evidente, puede ser la prueba que necesitan para pedir explicaciones o poner fin a la relación. Sin embargo, esta actitud -mirar el móvil, mirar los WhatsApp o los mensajes directos de Instagram- puede ser más arriesgada de lo que muchas personas creen.

En un reciente vídeo de TikTok, un asesor legal y divulgador de contenido jurídico (@miguelangelmejias_), informó sobre los posibles riesgos de mirar el móvil a tu pareja sin que esta lo sepa. Al hacer esto, comunica el experto en leyes, muy pocas personas son conscientes de que podrían estar vulnerando la intimidad de su pareja. Aun cuando existen situaciones ambiguas, donde las acciones de alguien pueden estar motivadas por una sospecha y un malestar real, la ley sigue protegiendo la individualidad de las personas.

Un delito de revelación de secretos

Tanto mirar los mensajes de tu pareja como exigir que te los enseñe puede constituir un delito regulado por el Código Penal. Según el experto, estas actitudes podrían tener como consecuencia acabar en prisión. El Código Penal castiga con pena de hasta cuatro años de prisión a quienes, para vulnerar la intimidad de otra persona, se apoderen de sus mensajes, cartas o comunicaciones privadas. Esto se considera un delito de revelación de secretos. Además, el experto explica que hay casos recientes en los que esto ha sucedido. Por ejemplo, en una de las últimas sentencias de La Audiencia Provincial de Madrid, un hombre fue condenado a un año de prisión y al pago de una multa de 2.000 euros. El motivo fue coger el móvil de su mujer y revisar sus mensajes.

Un jurista informa sobre las
Un jurista informa sobre las consecuencias legales de mirar los mensajes a tu pareja (Fuente: TikTok, @miguelangelmejias_)

Además, en el caso de que una persona obligue a otra a que le enseñe sus mensajes -con violencia, intimidación o simplemente con una actitud de intransigencia - puede constituir un delito de coacciones. En este tipo de delitos, existe una fuerza implícita subyacente que, a costa del miedo o la amenaza, obliga a una persona a hacer algo que realmente no quiere. Hablamos de un tipo de violencia que limita la libertad individual mediante un tipo de coacción psicológica.

Una breve mirada al Código Penal español

En efecto, una breve mirada a la legislación española respalda el comunicado del jurista. El delito de revelación de secretos se encuentra regulado en el Art. 197 del Código Penal:

“El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales, intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses“.

Por otro lado, el delito de coacciones está regulado en el Art. 172 del Código Penal:

“El que, sin estar legítimamente autorizado, impidiere a otro con violencia hacer lo que la ley no prohíbe, o le compeliere a efectuar lo que no quiere, sea justo o injusto, será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o con multa de 12 a 24 meses, según la gravedad de la coacción o de los medios empleados”.

El clip se viralizó en redes sociales (TikTok: @lamafiadetaller)

En definitiva, observamos como, en determinados contextos, mirar a escondidas el móvil de tu pareja puede incurrir en un auténtico delito regulado por el ordenamiento jurídico español. Si bien es cierto que existen determinadas situaciones de engaño y violencia donde, podría estar justificado correr el riesgo, en la mayoría de las situaciones se considera una grave invasión de la privacidad. Aunque la desconfianza y la sospecha puedan ser motivos para querer hacerlo, es importante recordar que este acto puede tener serias consecuencias legales, como multas e incluso penas de prisión.