Eutanasia en la pública, aborto en la privada: el abismo en la implantación de los nuevos derechos en España

La eutanasia y el aborto muestran una aplicación desigual en el país, pese a que los objetores de conciencia esgrimen razones similares para rechazarlos

Guardar
Imagen de archivo de un
Imagen de archivo de un médico. (Europa Press)

El año 2010 trajo a las españolas el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE). Aunque el aborto era legal desde 1985, la Ley 2/2010 dio a las mujeres la libertad de ejercer este derecho si no querían continuar con su embarazo, sin supuestos legales marcados para tomar la decisión. Pero su aplicación no es sencilla: aunque las cifras de IVE aumentan cada año, las mujeres enfrentan frecuentemente barreras para llevarlo a cabo.

Quince años después de la aprobación de la IVE, el 81,5% de los procedimientos se realizan en la sanidad privada, ante el bloqueo de los objetores de conciencia para llevarlo a cabo. Quienes se oponen a este procedimiento ven en el aborto un asesinato, el fin de una vida y un acto contrario al deber médico de sanar a las personas. El mismo argumentario esgrimen algunos contra la eutanasia. Aprobada en 2021, el derecho a una muerte digna ha dado con sus propias barreras: España deniega más de la mitad de las solicitudes que realizan los pacientes, muchos de los cuales quedan atrapados en un largo proceso que no logra culminarse antes de su muerte, agónica y en contra de sus deseos.

Los objetores de conciencia también existen en el caso de la eutanasia, que causa en muchos incomodidad y rechazo. Pero la muerte digna vive el escenario contrario: más del 90% de los procedimientos se realizan en la sanidad pública, mientras la privada deriva de forma constante sus casos al Sistema Nacional de Salud (SNS).

“Se están quitando el muerto de encima”

Una voluntaria acompaña a una
Una voluntaria acompaña a una persona que requiere cuidados paliativos. (Europa Press)

Las cifras “marginales” de la eutanasia en la sanidad privada son una realidad duramente criticada por la asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD), organización pionera en España en la defensa de la ayuda para morir. “Todavía se están quitando el muerto de encima, nunca mejor dicho”, señala el doctor Fernando Marín, vicepresidente de DMD, en una entrevista con Infobae España. La diferencia de su aplicación con la IVE se debe, principalmente, al universo de profesionales que puede aplicarla: mientras el aborto está limitado a especialistas en Ginecología, “cualquier médico colegiado puede ser el médico que tramite una eutanasia”, explica Marín.

En la práctica, son los médicos de familia quienes suelen tramitar estos procedimientos, debido a su cercanía con el paciente, “pero ha habido algún otorrino y algún radiólogo que han sido médicos responsables”, dice Marín. “Es muy sorprendente, porque el número de objetores a lo mejor es cien veces mayor que el número de eutanasias”, apunta el médico. Actualmente, se carece de registros públicos de objetores de conciencia de la eutanasia, si bien algunas publicaciones lo aproximan a 9.300 profesionales sanitarios. Mientras, desde que la entrada en vigor de la Ley de Eutanasia, España ha realizado 1.034 prestaciones.

Como la sanidad pública absorbe esa demanda, la privada rechaza implantar el procedimiento en sus centros. Algunas empresas se escudan en que los seguros contratados no recogen esa prestación o incluso consideran que la normativa no les obliga a dar ese servicio, si bien la ley establece que “la prestación de la ayuda para morir se realizará en centros sanitarios públicos, privados o concertados“. Para Marín, se debe a que las solicitudes son tan reducidas que “no afecta a su mercado” y pueden permitirse la negativa sin perjudicar su reputación ni rentabilidad. “Ha habido casos en los que la aseguradora te dice que te vayas a la pública y luego les pases la factura”, dice Marín, un mecanismo previsto para algunos procedimientos pero no para la muerte asistida, puesto que “nadie sabe cuánto vale una eutanasia” a día de hoy.

Abandonados por la asistencia privada, algunos pacientes con doble aseguramiento pueden acudir a la sanidad pública. La situación se complica para otros supuestos, como los mutualistas. Los usuarios de Muface, Mujeju o Ifsas eligen cada año si quieren ser tratados o en la sanidad pública o en la privada, siempre de forma exclusiva. En estos casos, dice Marín, los doctores les recomiendan esperar hasta el mes de enero y cambiar su asistencia sanitaria, lo que retrasa todavía más un proceso lento y que les puede costar la vida. “Una cuarta parte de las solicitudes de eutanasia son personas que se mueren durante la tramitación y ya tienen un médico responsable, es decir, ya han empezado. De estos médicos responsables, el 99% son de la pública”, asegura.

“Hay grandes hospitales donde no se practican abortos”

Imagen de archivo: Varias personas
Imagen de archivo: Varias personas marchan con pancartas contra el aborto en la concentración ‘Sí a la vida’ 2023, a 12 de marzo de 2023, en Madrid (España). (Jesús Hellín / Europa Press)

La IVE, por su parte, siempre debe realizarla un ginecólogo o, en su defecto, un médico guiado por un especialista. Esta limitación “redujo de una manera muy drástica el número de profesionales que estaban implicados y permitió que, desde la sanidad pública, los jefes de servicio hicieran la cacicada de boicotear la ley”, asegura Marín. De este modo, “hay grandes hospitales de España donde no se practica ningún aborto porque el jefe [de servicio] no quiere”, indica.

Desde la Sociedad Española de Contracepción (SEC), no limitan esta situación a la objeción de conciencia. “Muchas veces no se ha apostado activamente desde ciertos ámbitos administrativos por la implantación en la sanidad pública, se ha querido mantener el modelo privado porque ya estaba funcionando”, dice el doctor Abel Renuncio, portavoz de la SEC. En realidad, dice Renuncio, “la sanidad pública cuenta con creces con los recursos profesionales, físicos y asistenciales necesarios para poder asumir la interrupción voluntaria del embarazo”, pero falta intención de aplicarlo. Ejemplo de ello es el retraso en la creación de los registros de objetores de conciencia en las comunidades autónomas. Pese a que la ley obliga a crear este documento, tan solo cinco regiones lo han llevado a cabo, lo que dificulta ordenar los recursos públicos para implantar la IVE.

La SEC considera que estos registros “pueden ser una herramienta muy poderosa” para lograr implantar el aborto en la sanidad pública. “Una vez se activan los registros, muchas veces la objeción de conciencia no es tan mayoritaria dentro de los colectivos profesionales” o incluso “no es una objeción global”, apunta Renuncio. “Es decir, puede haber profesionales sanitarias que no quieran objetar globalmente a todos los tipos de interrupción del embarazo. Quizá haya profesionales que, ante casos de grave riesgo para la madre o de afección fetal, no sean objetoras”, añade. Mientras las administraciones públicas demoran el cumplimiento de la legislación vigente, el derecho al aborto continúa casi enteramente restringido a la sanidad privada.

Noticias del día 15 de septiembre del 2025.

“La ley nos habla de que la interrupción voluntaria del embarazo debería realizarse en la red sanitaria pública, que solo en casos excepcionales debería realizarse en otro tipo de ámbitos”, recuerda Renuncio. Para el especialista, trasladar la atención al SNS no es solo cuestión de legalidad, sino que aporta ventajas para las pacientes. Aunque la calidad del proceso vaya a ser igual en la atención privada, “en la sanidad pública es más predominante la interrupción farmacológica”, un método menos invasivo que permite más independencia a las mujeres.

Además, “aporta un plus de cercanía”, defiende Renuncio, al realizarlo “con tus profesionales sanitarias de confianza, que van a tratar no solo esa interrupción del embarazo, sino también otros problemas ginecológicos que puedas tener”. Evita, a su vez, desplazamientos innecesarios que viven ahora las mujeres, obligadas a cambiar de localidad, provincia e incluso de comunidad autónoma para conseguir la interrupción de su embarazo.