
Existen muchas dudas entre los españoles sobre lo que puede hacer un policía o cómo debe actuar en cada situación. Existen leyes que exigen a los ciudadanos acceder a solicitudes determinadas del agente, mientras que hay otras prácticas que están prohibidas para el cuerpo.
Un caso con el que muchas personas no suelen aclararse es si un policía puede hacer una fotografía a un DNI. La Agencia Española de Protección de Datos determina que la policía no puede hacerlo utilizando móviles personales, salvo circunstancias excepcionales.
Este hecho ha cobrado relevancia tras un caso reciente ocurrido en Torrox. El incidente involucró a un agente de la policía local, que decidió tomar una fotografía de un documento de identidad para agilizar la tramitación de una multa. La decisión del agente fue justificada como una medida para ahorrar tiempo, pero la autoridad de protección de datos consideró que esa práctica vulnera la normativa vigente.
Un agente no puede fotografiar un DNI
Según explica el abogado Franco (@f.francoabogado en TikTok), este tipo de actuación, lejos de estar amparada por la ley, contradice el principio de minimización, que obliga a tratar únicamente los datos necesarios para cumplir con la finalidad prevista, en este caso, la sanción correspondiente y el correcto procedimiento administrativo. Además, recalca que vulnerar este principio puede acarrear consecuencias legales.
El abogado matiza que la correcta recogida de datos durante una intervención policial debe realizarse anotando los datos del DNI en el acta correspondiente y nunca almacenando imágenes en dispositivos personales. Además, recuerda que los móviles privados de los agentes no pueden emplearse para este tipo de cometidos, ya que hacerlo implica una vulneración adicional de la protección de datos.
La ley regula las medidas de seguridad para el tratamiento de información personal, obligando a garantizar la confidencialidad y la custodia de los datos recogidos. Las fotografías almacenadas fuera de los canales oficiales quedan expuestas a riesgos adicionales, como pérdida, difusión no autorizada o acceso indebido, situaciones que la ley busca evitar.
Según dicta la legislación, solo en casos excepcionales, debidamente justificados, los agentes podrían tomar una imagen del documento, y siempre utilizando los sistemas adecuados proporcionados por las fuerzas de seguridad. “Solo se permiten las fotografías en casos excepcionales, no por ahorrar tiempo y desde luego no desde un teléfono personal de un agente”, insiste el abogado.
Consecuencias y recomendaciones
La interpretación de la Agencia Española de Protección de Datos y de profesionales como Franco confirma que los ciudadanos tienen derecho a que su información personal sea debidamente protegida en cualquier intervención policial rutinaria. El caso de Torrox pone el foco en la necesidad de que las fuerzas y cuerpos de seguridad respeten los procedimientos establecidos para la recogida de datos.
Ante cualquier situación similar, los ciudadanos pueden solicitar que sus datos se recojan conforme a la normativa, y tienen derecho a presentar reclamaciones ante la Agencia si consideran vulnerada su privacidad. El uso indebido de los teléfonos personales para fotografiar documentos oficiales no solo son una irregularidad, sino que puede acarrear sanciones disciplinarias al agente implicado.
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