
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un aspirante a Guardia Civil excluido del proceso selectivo para el acceso a la Escala de Cabos y Guardias tras ser declarado “no apto” en la prueba de entrevista personal por “una mala gestión de sus nervios”.
El caso se originó tras la resolución del pasado 24 de octubre de 2022, en la que el Tribunal de Selección declaró “no apto” al aspirante en la entrevista personal realizada el 20 de octubre de ese año. El aspirante recurrió la decisión ante el General de Enseñanza de la Guardia Civil, pero su recurso fue desestimado de forma expresa el 1 de marzo de 2023.
El joven solicitó la anulación de la resolución y el reconocimiento de su derecho a ser declarado apto, alegando falta de motivación y transparencia en la calificación, así como indefensión por la negativa de la Administración a facilitarle información y documentación sobre la prueba.
La demanda argumentó que la entrevista personal "carecía de criterios objetivos" de calificación y que la Administración no comunicó los motivos concretos de la exclusión. Según la parte recurrente, la prueba se realizó sin la presencia de miembros del tribunal, solo con dos asesores técnicos, y sin detallar las preguntas ni el desglose de puntuaciones, lo que, a su juicio, vulneró los principios de transparencia y motivación.
Por su parte, el Abogado del Estado defendió la actuación de la Administración, asegurando que la declaración de “no apto” estaba debidamente motivada en el expediente administrativo y que no existían indicios para desvirtuar el proceso selectivo.
“Déficit en autocontrol y adaptación”
En el acta de la entrevista constan las observaciones de los evaluadores, quienes detectaron en el aspirante “déficit en autocontrol y adaptación”. Se recogió que “el aspirante cuando comienza a hablar lo hace de manera rápida y nerviosa, se le interrumpe y se le pide que hable más despacio puesto que es difícil entenderle, continua de la misma manera […]. Se le hace hincapié en que se relaje, se le hace salir para que se sosiegue, pero cuando vuelve y se continua con la entrevista, sigue muy nervioso sin conseguir relajarse, hablando de manera muy rápida”.
La sentencia recoge también el informe de la Junta de Revisión de la Entrevista Personal, que ratificó la valoración inicial: “Durante el acto de revisión, el aspirante admite haber realizado una mala gestión de sus nervios, siendo consciente durante el desarrollo de toda la entrevista de que este hecho estaba interfiriendo negativamente a la hora de comunicarse con los entrevistadores”.
La Sala considera que el Tribunal Calificador motivó su decisión con argumentos concretos y razonables sobre el resultado de la entrevista, y que el sistema de valoración se aplicó de forma igual para todos los aspirantes. En el expediente figura también un informe del Comandante del Servicio de Psicología de la Guardia Civil, que refuerza la decisión: “El déficit en autocontrol hace poco probable que el aspirante sea capaz de mantener el control y equilibrio del propio comportamiento y las emociones, no pudiendo evitar reacciones muy negativas ante situaciones hostiles, de provocación o peligro”.
La Sala rechaza el dictamen pericial psicológico aportado por la parte recurrente, al considerar que evalúa al aspirante en un momento posterior y no en el contexto concreto de la entrevista selectiva, que es el relevante para valorar las competencias exigidas. La sentencia concluye que “son claros y resultan coherentes los motivos por los que este aspirante, en el concreto momento de la entrevista, no acreditó suficientemente algunas de las competencias previstas en el punto 6.1.4 de la convocatoria”.
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