
Una duda muy extendida en el terreno del derecho laboral es si las empresas pagan por el tiempo efectivo o por las horas que el trabajador está en la oficina. Dicho de otra forma, muchas personas desconocen si legalmente la empresa debe tener en cuenta las pausas para descansar o incluso la necesidad de ir al cuarto de baño dentro del salario percibido por los empleados.
El experto en derecho laboral, Juanma Lorente (@juanmalorentelaboralista en TikTok) ha explicado ha tratado de resolver esta duda. Estas cuestiones surgen, en parte, porque existen empresas que incumplen con la normativa y se producen situaciones ilegales en los entornos laborales sin que tenga una consecuencia o se consiga evitar.
“¿Puede tu empresa vigilar cuánto tiempo vas al baño y controlarlo? Es más, ¿puede después descontarte lo de tu jornada para hacértelo trabajar al final?”, plantea Juanma al comienzo del vídeo. A partir de esta cuestión, explica que la empresa no puede controlar el tiempo que uno de sus empleados está en el servicio. “Es una locura”, alerta el especialista.
“No puede controlar el tiempo que vas al baño”
El abogado ha explicado que esta situación surge a partir de un caso real que ha acabado en los tribunales. Se trata de una empresa donde los empleados debían activar un cronómetro al entrar y salir del aseo, y el tiempo acumulado se exigía como horas extra al finalizar la jornada. “Para tu tranquilidad, la justicia lo ha dejado bastante claro”, afirma Lorente, para explicar que la compañía perdió el juicio.
“La empresa no puede controlarte el tiempo que vayas al baño. Y tampoco podrá hacértelo devolver. El tiempo que pases haciendo tus cosas en el aseo es tiempo de trabajo efectivo”, sentencia el abogado laboralista. Según la interpretación legal que relata el abogado, los jueces recordaron que “los seres humanos son seres humanos, no son máquinas. Necesitan ir al baño, es algo inevitable”.
Solamente en los casos en que se demuestre un abuso evidente, por ejemplo, individuos que deliberadamente pasen largos periodos en el baño para reducir su carga laboral, sería justificable investigar la situación. No obstante, se trata de situaciones extremas y poco habituales en una oficina.
En condiciones normales, el tiempo dedicado a necesidades fisiológicas forma parte legítima de la jornada. “En principio una empresa no tiene ni por qué controlarte ni quejarse de absolutamente nada en cuanto al tiempo que pasas haciendo tus cosas en el baño”, señala en el vídeo.
Decisión judicial
Con esta resolución judicial, los trabajadores ganan seguridad durante su jornada laboral, ya que cuentan con el respaldo legal respecto al tiempo que dedican a ir al baño. La justicia ha determinado que el tiempo empleado en el aseo forma parte del trabajo efectivo y que las empresas no pueden exigir que este se recupere ni tampoco imponer mecanismos de control como cronómetros.
Como explica Juanma Lorente, en este caso la Justicia ha protegido a los empleados ante prácticas abusivas, subrayando que las necesidades fisiológicas son parte natural y legítima del horario laboral. Así, se garantiza un entorno más respetuoso en el ámbito profesional.
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