Una notaria explica por qué no debes incluir una cláusula en el testamento para usar el dinero de la herencia para pagar el Impuesto de Sucesiones: “No hay que inventar nada”

La ley española recoge esta opción y el proceso es muy sencillo, tan solo deben presentarse una serie de documentos acreditativos

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Imagen de archivo de un
Imagen de archivo de un testamento (Montaje Infobae con imágenes de @notariabuendia e Infobae Perú)

Muchas personas creen que, al hacer un testamento, deben incluir una cláusula especial para que sus herederos puedan pagar el Impuesto sobre Sucesiones con el dinero de la herencia. Esta idea se ha extendido gracias a vídeos virales y consejos que circulan por las redes sociales.

Sin embargo, la notaria María Cristina Clemente (@notariabuendia en TikTok) explica que esto no es cierto y que, en realidad, la ley ya permite pagar el impuesto con el propio dinero de la herencia, sin necesidad de añadir nada al testamento.

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En su vídeo, Clemente lanza una advertencia: “Por favor, desde aquí, como notario, hago un llamamiento: ni un solo reel más hablando de incluir en el testamento la cláusula de libre disposición para así no pagar el Impuesto de Sucesiones o poderlo pagar con cargo al dinero de la herencia”, reclama la experta.

¿Por qué no hace falta esa cláusula?

La notaria insiste en que, aunque muchas personas piensan lo contrario, “no hay que inventar nada” ni seguir recomendaciones de supuestos expertos de internet: “No podemos incluir en el testamento una cláusula inventada por algún gurú jurídico, porque es la ley”, explica Clemente.

En efecto, la ley española, gracias al artículo 80.2 de la Ley del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, ya permite a los herederos usar el dinero de la propia herencia para pagar el impuesto.

Ayuso aumentará la bonificación de impuesto de Sucesiones y Donaciones entre hermanos y tíos.

¿Qué se necesita para pagar el impuesto con el dinero de la herencia?

El proceso es más sencillo de lo que parece. Para poder usar el dinero del fallecido y pagar el Impuesto de Sucesiones, los herederos tienen que acreditar que realmente lo son. Para ello deben presentar estos documentos en el banco:

  • Certificado de defunción y de últimas voluntades
  • Copia autorizada del testamento o, si no existe, una declaración de herederos
  • El formulario oficial del pago del impuesto de sucesiones (impreso de autoliquidación)

Después, solo hace falta que haya dinero en la cuenta del fallecido. Si estas condiciones se cumplen, el banco debe permitir el pago del impuesto con los fondos de la herencia. Clemente lo resume así: “Y nada más”.

¿Y el “tercio de libre disposición”?

Se conoce la “cláusula de libre disposición” o el “tercio de libre disposición” como una solución para pagar el impuesto usando la herencia. No obstante, esta parte del testamento está pensada para repartir libremente una parte de los bienes, no para pagar impuestos. Según la notaria, “la ley ya permite pagar el impuesto desde la cuenta, no hace falta poner nada especial en el testamento”.

¿Qué pasa si el heredero no tiene dinero para pagar el impuesto?

Si un heredero se encuentra en una situación más vulnerable o precaria y no tiene suficiente dinero ahorrado para adelantar el pago, pero tampoco hay fondos en la cuenta de su familiar fallecido, la ley proporciona más opciones: existe la posibilidad de solicitar un aplazamiento o un fraccionamiento del pago del impuesto. Esto permite pagar poco a poco el importe o esperar un tiempo (durante el cual se puede ahorrar) antes de entregar la cantidad total.