Multa de la DGT con 200 euros por usar mal el parasol del coche: no todos los modelos están permitidos

Ciertos parasoles pueden obstruir la visibilidad del conductor y suponer una infracción grave

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La DGT advierte de una
La DGT advierte de una práctica que se ha normalizado y puede ser sancionada (Imagen: DGT)

Coger el coche en verano sigue siendo una actividad de riesgo para millones de conductores en España. Y más si lo has dejado aparcado al sol. Al volver, el interior puede llegar a sobrepasar los 60 °C.

La salvación para muchos es un clásico: el parasol. Ese que tantas veces se nos olvida poner, y del que nos acordamos justo cuando ya es tarde. Pero mucho cuidado, porque no todos están permitidos.

La Dirección General de Tráfico (DGT) advierte que, un mal uso del mismo, puede conllevar una multa de hasta 200 euros. Usar uno no homologado o de forma incorrecta puede darte un disgusto y amargarte el verano.

Prohibido poner el parasol... mientras se conduce

El problema no es el parasol en sí, sino cómo y cuándo se utiliza. Según el artículo 19 del Reglamento General de Circulación, “los cristales del vehículo deben permitir una visibilidad completa y sin obstáculos, mientras se esté circulando”.

Aunque para muchos pueda parecer impensable conducir con un parasol, lo cierto es que existen algunos modelos, como los enrollables o fijos, que se dejan permanentemente instalados en el parabrisas o en las ventanillas delanteras “por comodidad”. Esto puede suponer una infracción grave si no se retiran antes de circular.

También son comunes los parasoles de tipo estor, los cuales se despliegan lateralmente o quedan parcialmente recogidos. Por lo que los conductores aprovechan para dejarlos y tapar la zona del copiloto, manteniéndolos durante la conducción.

En cualquiera de estos casos, si afectan a la visibilidad del conductor, pueden ser motivo de sanción económica, aunque no conllevan pérdida de puntos. Esto incluye no solo parasoles, sino también cualquier otro objeto que limite el campo visual del conductor: muñecos, peluches, ambientadores colgantes

Otros objetos veraniegos que también son motivo de multa

En verano es habitual adaptar el coche al calor como se puede, pero algunas costumbres pueden salir caras. La DGT recuerda que existen otros elementos y prácticas habituales en esta época que también pueden acarrear sanciones:

- Toallas, camisetas o fundas improvisadas: se colocan en el salpicadero o los asientos para protegerlos del sol, pero pueden reflejar la luz o impedir el despliegue del airbag, lo que supone un riesgo.

- Conducir con chanclas, sin camiseta o con el bañador mojado: no está prohibido expresamente, pero si afecta a la conducción segura, puede ser sancionable. Por ejemplo, con el uso de chanclas se pierde adherencia en los pedales.

- Conducir con el brazo por fuera de la ventanilla: según el artículo 18 del Reglamento de Circulación, “el conductor debe mantener la posición adecuada y tener libertad de movimientos”. Conducir con el brazo por fuera será sancionado con 80 euros de multa.

- Llevar una nevera portátil mal colocada: deben ir bien aseguradas. Si van sueltas y pueden moverse en caso de frenazo, se considera carga mal acondicionada (200 €).

- Objetos en la bandeja trasera: cualquier objeto situado en la bandeja y que dificulte la visibilidad o pueda salir despedido, es motivo de multa por conducción peligrosa.

Conducir en verano puede ser una experiencia incómoda, y es comprensible que se busquen soluciones rápidas para aliviar el calor. Sin embargo, la seguridad vial está por encima de la comodidad.