La propuesta del Gobierno para volver a trabajar una vez que te has jubilado: cuánto subiría la pensión

La jubilación flexible busca incentivar la vuelta de los jubilados al mercado laboral y mejorar la cuantía de la pensión para quienes opten por esta modalidad

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La propuesta del Gobierno para volver a trabajar una vez que te has jubilado. (Montaje Infobae España/Canva)

El Gobierno ha puesto sobre la mesa una nueva propuesta que va a modificar el acceso y las condiciones de la jubilación flexible en España. Esta iniciativa, liderada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (MISMM), busca incentivar la vuelta de los jubilados al mercado laboral, y mejorar la cuantía de la pensión para quienes opten por esta modalidad. El borrador ha sido presentado a sindicatos y patronales dentro del marco del diálogo social y se prevé que, de llegar a acuerdo, entre en vigor en los próximos meses.

La jubilación flexible es actualmente una opción que solo está disponible para quienes, habiendo accedido a la jubilación, desean compaginar el cobro de su pensión con un trabajo a tiempo parcial bajo contrato por cuenta ajena. La principal ventaja radica en poder seguir activos en el ámbito laboral, sin la exigencia de asumir una jornada completa, y en la posibilidad de compensar parcialmente las reducciones sufridas en la pensión por jubilaciones anticipadas.

Nuevos incentivos y condiciones de acceso

El principal objetivo de la revisión de esta modalidad por parte del Gobierno es reforzar el atractivo de la jubilación flexible, tanto para los empleados por cuenta ajena como para los autónomos. Así, según BBVA, se pone el foco en dos vertientes: endurecer el requisito del porcentaje de jornada laboral y, a su vez, elevar el porcentaje de pensión que puede ser compatible con esa actividad laboral.

En el modelo propuesto, el rango de jornada parcial exigida pasaría de una horquilla del 25-50% a una más amplia y exigente, situada entre el 40% y el 80%, respecto a una jornada completa comparable. El estímulo para acceder a esta modalidad reside en el incremento de la prestación adicional, de un 10% a un 20% sobre la parte de la pensión que pueda compatibilizarse con el trabajo, dependiendo de las horas trabajadas. Esta mejora adicional tiene como condición que tienen que haber trascurrido al menos seis meses desde el acceso inicial a la jubilación.

Además, el nuevo planteamiento contempla que los autónomos puedan acogerse a la jubilación flexible, opción que por primera vez abre la puerta a un colectivo históricamente excluido de esta posibilidad. Quienes accedan a la modalidad desde el trabajo por cuenta propia podrán percibir hasta un 20% de la pensión de jubilación.

Modalidad autónoma y limitaciones en la suma de incentivos

Una de las principales novedades es la opción de compaginar la pensión con un trabajo como autónomo en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), siempre que en los cinco años anteriores a jubilarse la persona no hubiese estado dada de alta como tal. Esta cláusula pretende que la jubilación flexible por cuenta propia funcione como un mecanismo de reinserción para quienes desean volver al mercado laboral, y no como continuidad de una actividad ya vigente.

En el caso de los autónomos, no se establecen rangos de jornada, sino que la prestación siempre será del 20% de la pensión. Asimismo, tanto para asalariados como para autónomos, la cuantía compatible de pensión incluiría el complemento por brecha de género si corresponde, pero excluiría el complemento para pensiones por debajo de la mínima.

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Resultados previstos y cotizaciones

La intención del Ejecutivo es garantizar que quienes vuelvan al empleo tras haberse jubilado puedan ver incrementada su pensión mensual gracias al trabajo parcial, aunque a cambio de un nivel de dedicación de mayor entidad. Durante esta etapa de compatibilidad, las cotizaciones a la Seguridad Social se mantendrían proporcionales al porcentaje de jornada efectivamente trabajada. No obstante, el nuevo planteamiento también limita los incrementos futuros de la base reguladora, de modo que esas cotizaciones adicionales no supondrán un aumento ulterior de la pensión una vez concluida la fase de jubilación flexible.

Tampoco se permitirá, durante la jubilación flexible, el incremento por demora de la jubilación, ni la percepción del complemento económico correspondiente a esta situación. Además, la compatibilidad de la pensión con la actividad laboral será incompatible con el cobro de pensión por incapacidad permanente, aunque sí seguirá permitiéndose con incapacidades temporales o por nacimiento y cuidado de menor.

El contenido presentado por el Gobierno se negociará con los principales actores sociales durante los próximos meses. De fructificar, la reforma buscará ampliar la cobertura y alcance de la jubilación flexible, especialmente para aquellos que por voluntad o necesidad quieran incrementar sus ingresos tras el retiro.