La Justicia suspende cautelarmente la sanción a Vueling por el cobro del equipaje de mano

La suspensión no determina la inocencia de la compañía ni la revocación definitiva de la penalización, sino que retrasa la ejecución de la sanción hasta que exista una sentencia firme

Guardar
Un avión de Vueling se
Un avión de Vueling se aproxima al aterrizaje en el aeropuerto Josep Tarradellas Barcelona-El Prat, noviembre de 2022. (REUTERS/Nacho Doce)

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha decidido suspender de manera cautelar la sanción económica impuesta a la aerolínea Vueling por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, en relación con el cobro a los pasajeros por llevar equipaje de mano en cabina. Esta resolución, dictada por la sala de lo contencioso-administrativo, permite que la compañía mantenga dicha política mientras avanza el proceso judicial y se analiza el fondo del caso.

La decisión ha sido emitida tras la solicitud de Vueling para que se dejaran en suspenso los efectos inmediatos de la multa por el impacto que podía tener el pago anticipado para sus finanzas. El tribunal consideró que no era posible pronunciarse sobre la legalidad de la sanción en este estado del proceso y que el abono previo de la cuantía podría perjudicar a la aerolínea. De este modo, la suspensión no determina la inocencia de la compañía ni la revocación definitiva de la penalización, sino que retrasa la ejecución de la sanción hasta que exista una sentencia firme.

La actuación del TSJM replica otras decisiones respecto a otros operadores. Durante la semana anterior, el mismo tribunal accedió a las peticiones presentadas por Ryanair y Norwegian, también castigadas por las políticas relacionadas con el equipaje de mano. Así, al menos tres compañías van a poder seguir operando bajo los mismos términos que motivaron las investigaciones y sanciones por parte de las autoridades de Consumo.

Multas récord por recargos y falta de transparencia en las tarifas aéreas

El conflicto tiene su origen en el conjunto de multas impuestas a varias aerolíneas en noviembre del año pasado. El Ministerio sancionó a Vueling, Ryanair, Norwegian, Volotea y Easyjet, al considerar que las restricciones y sobrecostes aplicados sobre el transporte de equipaje y la reserva de asientos vulneraban derechos de los consumidores. El importe global de las sanciones ascendió a casi 179 millones de euros, repartidos de forma diferencial: Ryanair recibió la mayor cuantía con 107,8 millones de euros, seguida de Vueling con 39,3 millones, Easyjet con 29,1 millones, Norwegian con 1,6 millones y Volotea con 1,2 millones.

Entre los principales argumentos del Ministerio destacaban la aplicación de suplementos por maletas de mano, la exigencia de pago adicional para que personas dependientes o menores viajaran junto a un acompañante, la prohibición de abonar en efectivo estos recargos y, en el caso concreto de Ryanair, la imposibilidad de obtener sin costes la tarjeta de embarque en el aeropuerto. El Gobierno consideró además que la presentación de precios en las páginas web tanto oficiales como de terceros carecía de la transparencia suficiente para los usuarios.

Las cuantías de las multas, superiores a las habituales en conflictos de consumo, se fijaron según los beneficios obtenidos por las empresas mediante esas prácticas, siguiendo la legislación vigente sobre infracciones muy graves. Este marco legal permite imponer sanciones equivalentes a varios múltiplos de la ganancia ilícita, una medida orientada a reforzar la función preventiva frente a conductas abusivas en el mercado.

Medidas y peso de maletas en Ryanair en 2024: esta es la normativa del equipaje de mano

Suspensión condicionada y exigencia de avales en la espera judicial

El recorrido judicial del caso, sin embargo, ha abierto un compás de espera. Además de Vueling, Ryanair y Norwegian también han conseguido frenar provisionalmente el pago de sus respectivas multas. Para acogerse a la suspensión, el TSJM ha exigido a estas dos compañías que aportaran avales bancarios proporcionales a las penalizaciones: 110 millones de euros en el caso de Ryanair y 1,8 millones de euros en el de Norwegian. Bajo estas condiciones, las aerolíneas quedan temporalmente protegidas hasta que el tribunal adopte una resolución definitiva.

No obstante, el tribunal puntualiza que la presentación de avales o la suspensión cautelar no eximen a las empresas de responder posteriormente si los recursos planteados no prosperan. Si se confirma la legalidad de las multas, las garantías depositadas serán ejecutadas para completar el pago.

Por su parte, las organizaciones de consumidores han vuelto a poner de manifiesto la importancia de la transparencia en la información ofrecida por parte de las aerolíneas, en especial en lo relativo a costes adicionales y condiciones de los distintos niveles tarifarios. Reclaman reglas más claras y una regulación efectiva capaz de evitar sorpresas desagradables para los usuarios en el proceso de compra de billetes aéreos.

*Con información de Europa Press.