El TSJC reconoce a un policía en Barcelona el derecho a cobrar el complemento que reciben los agentes en Madrid

La sentencia estima que no hay motivos que justifiquen la diferencia retributiva y podría abrir la puerta a nuevas reclamaciones en toda España

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Un agente de la Policía
Un agente de la Policía Nacional (Policía Nacional)

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha reconocido el derecho de un agente de la Policía Nacional destinado en Barcelona a percibir el complemento específico que reciben los funcionarios en Madrid, al considerar injustificada la diferencia, lo que en su caso representa un total de 6.384 euros acumulados en cuatro años.

Así lo ha resuelto la sección cuarta de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJC en una sentencia, a la que ha tenido acceso EFE, que da la razón al agente. Según el sindicato policial Jupol, que brindó respaldo jurídico al funcionario, esta resolución podría sentar un precedente para futuras reclamaciones en todo el país.

El agente recurrió a los tribunales después de que la Dirección General de la Policía rechazara su solicitud en 2021, en la que pedía el abono del complemento de territorialidad y residencia, conocido como R3, correspondiente a un pago fijo para los agentes asignados a Madrid, el Aeropuerto de Barajas, organismos centrales, Baleares y Canarias.

Este policía, perteneciente al grupo de ciberdelincuencia, argumentó que desarrollaba las mismas funciones que sus colegas en Madrid y que las condiciones en Barcelona no eran más favorables, debido a la “conflictividad social” asociada al ‘procés’ y al elevado coste de vida, entre otras razones.

En su fallo, el TSJC concluye que ni la administración ni la Abogacía del Estado —que se opuso a la reclamación— han logrado justificar “en modo alguno” la “diferencia de trato” entre los destinos de ambas ciudades en lo referente a la concesión de este complemento económico.

En esta línea, el tribunal considera “insuficiente” que la Abogacía del Estado alegue la presencia de los Mossos d’Esquadra en Cataluña, ya que ello “no justifica por sí sola una menor carga de trabajo de los funcionarios” de la Policía Nacional en Barcelona.

Por esta razón, el TSJC estima el recurso del agente al no considerar “justificada” la distinción en el complemento específico de territorialidad entre Barcelona y Madrid.

A través de un comunicado, el sindicato Jupol ha valorado “esta importante victoria judicial”, señalando que podría marcar un antes y un después a nivel nacional, ya que el tribunal no encuentra motivos para mantener “una menor retribución por territorialidad para los agentes destinados en Barcelona”.

La resolución judicial, según Jupol, establece que el complemento de territorialidad debe determinarse en función de la ubicación del puesto dentro de una determinada plantilla, lo que implica que “ya no es necesario demostrar que se realiza exactamente el mismo trabajo que en Madrid”.

Por ello, el sindicato considera que esta sentencia podría abrir la vía para que agentes destinados en muchas otras provincias también reclamen y obtengan dicho complemento.