
El juzgado de lo Penal número 2 de Alicante ha impuesto dos años de cárcel y uno, respectivamente, a dos médicas pediatras condenadas por negligencia en la muerte de un niño de 8 años por peritonitis que, en octubre de 2020, pasó cinco veces por Urgencias en menos de cuatro días. El tribunal concluye que las doctoras no realizaron las pruebas complementarias necesarias ni derivaron al menor al hospital en un estado clínico que lo requería, según indica la sentencia a la que ha tenido acceso Infobae España.
Las acusadas, por su parte, defendieron que actuaron conforme a los protocolos y que no existían signos de alarma que justificaran pruebas adicionales.
Los hechos ocurrieron el 24 de octubre de 2020, cuando el menor comenzó a sufrir dolor abdominal en su domicilio. Sus abuelos le llevaron al Centro de Salud de Petrer y allí fue derivado al Hospital General de Elda (Alicante), donde la pediatra de guardia diagnosticó dolor abdominal sin signos de alarma y posible viriasis, por lo que le dio el alta. Dos días después, ante la persistencia de los síntomas, el menor fue nuevamente atendido en el centro de salud y derivado al hospital, donde una de las doctoras ahora condenadas lo atendió. A pesar de los antecedentes y la persistencia de los síntomas, indica el texto de la sentencia, no realizaron pruebas complementarias al niño como analítica sanguínea o ecografía abdominal y la doctora se limitó a recomendarles que volvieran a urgencias si los vómitos persistían.
En la madrugada del 28 de octubre, el menor fue atendido en el centro de salud por otra de las médicas condenadas, que no realizó exploración física ni tomó constantes vitales, señala la sentencia, además de que administró al niño un medicamento poco habitual en pediatría y no le derivó al hospital. Horas después, el menor empeoró y fue trasladado en ambulancia al centro hospitalario, donde falleció.
Infección en el tracto digestivo
La autopsia determinó que la causa de la muerte fue una infección en el tracto digestivo, originada en el ciego, que evolucionó a peritonitis, colapso pulmonar, tromboembolismo pulmonar, fallo multiorgánico y muerte.
El juzgado de lo Penal número 2 de Alicante consideró finalmente que ambas doctoras actuaron con negligencia al no realizar las pruebas complementarias necesarias ni derivar al menor al hospital en un estado clínico que lo requería. En este caso, añade, la omisión de pruebas y la falta de remisión al hospital constituyen una infracción del deber objetivo de cuidado.
La sentencia también subraya que no basta el error científico o diagnóstico equivocado para la imputación penal, sino que debe existir una conducta que se aparte de la diligencia exigible a un profesional medio. El análisis pericial y la valoración de la prueba testifical y documental llevaron a la conclusión de que la actuación de las doctoras fue imprudente y no se ajustó a la lex artis.
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