Una abogada explica cómo conseguir el arraigo familiar para hijos mayores de 26 años: “Habrá que demostrar que dependen de nosotros y están a nuestro cargo”

El pasado 20 de mayo entró en vigor el nuevo reglamento de extranjería

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Foto de archivo de la Oficina de Extranjería de Sevilla. (GOBIERNO)

El pasado noviembre de 2024, el Gobierno aprobó una reforma del Reglamento de Extranjería y seis meses después, finalmente entró en vigor el pasado martes 20 de mayo de 2025. Esta nueva normativa busca adaptar la legislación migratoria a la situación actual, teniendo en cuenta las realidades sociales, económicas y demográficas actuales a través de tres palancas: trabajo, formación y familia.

De esta forma, introduce cambios significativos en los requisitos para solicitar la residencia en España mediante el arraigo familiar, especialmente en los casos de hijos mayores de edad. Así lo explica el despacho CL Abogados, especializado en extranjería, a través de su cuenta en TikTok (@clabogadosextranjeria) donde advierten de las principales modificaciones que afectarán a muchas familias inmigrantes residentes en España.

Antes de que la reforma entrara en vigor, la normativa solo permitía acceder al permiso de residencia por arraigo familiar a los hijos menores de 21 años. Para aquellos que superaban esa edad, es obligatorio acreditar que dependen económicamente de sus progenitores. Sin embargo, con la entrada en vigor del nuevo reglamento, este límite se amplía hasta los 26 años.

España tiene un nuevo reglamento de extranjería con el que prevé regularizar a 300.000 migrantes al año: estos son los cambios en el arraigo, visados y asilo.

Esto supone que a partir de esa fecha los hijos de ciudadanos extranjeros que tengan hasta 26 años podrán solicitar el arraigo familiar sin necesidad de presentar pruebas económicas. “No tendremos que acreditar ningún tipo de recurso económico, ni que dependen de nosotros, simplemente que son nuestros hijos”, señalan desde CL Abogados. La revista de la Seguridad Social explica que de esta forma se contemplan realidades que hasta ahora se mantenían fuera, como la posibilidad de incluir a las parejas no registradas formalmente que pueda acreditar una relación afectiva análoga.

En el caso de hijos mayores de 26 años, sí se mantendrá la exigencia de demostrar que están bajo el cuidado de sus padres y que dependen económicamente de ellos. “Habrá que demostrar que dependen de nosotros y que están a nuestro cargo”, aclaran.

Cinco tipos de arraigo

Otras de las principales novedades del reglamento es la creación de cinco figuras de arraigo: el social, sociolaboral, familiar, socioformativo y una nueva figura llamada de segunda oportunidad, dirigida a quienes tuvieron una autorización de residencia en los últimos dos años y no la renovaron. Esta reforma busca ampliar y facilitar el acceso a la regularización de migrantes para que puedan integrarse plenamente con derechos y deberes.

Se homogeneizan las modalidades, reduciendo el tiempo mínimo de permanencia en España de tres a dos años, flexibilizando los requisitos y permitiendo trabajar desde el inicio tanto por cuenta ajena como propia. Las autorizaciones durarán un año, excepto la familiar, que tendrá una duración de cinco años.

A finales de 2023, había más de 210.000 personas con permisos por arraigo, un aumento significativo respecto a 2022, lo que se reflejó en un incremento del 30,4% en la afiliación laboral. Se estima que estas medidas podrían regularizar a unas 300.000 personas anualmente durante los próximos tres años, en línea con el Pacto Europeo para la Migración.