El Gobierno deniega a la pareja de Feijóo la concesión de un terreno público para tener acceso directo a la playa desde su chalé en Moaña (Pontevedra)

Costas considera que la parcela de 215 m² es dominio público y no forma parte de la finca adquirida por Eva Cárdenas en 2018, lo que impide la concesión solicitada hasta 2037

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El líder del PP, Alberto
El líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, junto a su esposa Eva Cárdenas (Diego Radamés / Europa Press)

La Dirección General de Costas del Ministerio para la Transición Ecológica ha rechazado de forma definitiva la solicitud de Eva Cárdenas, pareja del expresidente de la Xunta de Galicia y actual líder del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo, para obtener una concesión sobre un terreno público de unos 215 metros cuadrados anexo a su vivienda en Moaña (Pontevedra), desde el cual accedía directamente a la playa de O Con. Esta resolución agota la vía administrativa, por lo que Cárdenas solo podrá recurrir ahora al propio ministerio en reposición o presentar un recurso ante la Audiencia Nacional.

El documento de resolución, firmado por la directora general de Costas, Ana María Oñoro, y al que ha tenido acceso elDiario.es, sostiene que la parcela en disputa, declarada dominio público tras un deslinde realizado en 2007, nunca formó parte de la finca número 2.366 del Concello de Moaña, adquirida en 2018 por Cárdenas. Esta falta de inclusión impide que pueda acogerse al derecho de concesión de uso que permite la Ley de Costas por un período de hasta 30 años desde el deslinde, es decir, hasta 2037, como ella había solicitado.

En febrero, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ya había publicado el anuncio de inicio del expediente por el cual Costas pretendía recuperar la posesión del terreno. El trámite se encuadraba dentro del proceso para delimitar el dominio público marítimo-terrestre, una zona que el Ejecutivo considera ocupada sin el debido título habilitante.

La defensa de Cárdenas argumentaba que la finca adquirida contaba con una superficie de 926 metros cuadrados, pero los registros históricos desmienten esa cifra. Según el Registro de la Propiedad de Cangas, la finca fue inscrita por primera vez en 1941 con una extensión de 740 m², que se redujo a 708 m² en una nueva medición realizada en 2017, justo un año antes de la compraventa. En ese momento, una certificación del Servicio Provincial de Costas ya señalaba que el terreno colindaba con el dominio público, pero no lo invadía.

El informe de Costas concluye que los terrenos sobre los que se pidió la concesión deben considerarse como “un exceso de cabida” respecto a la superficie registrada. Dado que la solicitante no acreditó titularidad registral ni pudo demostrar que el terreno tuviera carácter privado antes de la entrada en vigor de la Ley de Costas, el Gobierno entiende que se trata de una ocupación ilegal del dominio público.

Por otro lado, la solicitud presentada por Cárdenas fue objeto de varias alegaciones durante el proceso. Tras su publicación en el BOE y en el tablón de anuncios del Concello de Moaña, entidades como el propio ayuntamiento, el PSOE, Sumar, Ecoloxistas en Acción, la plataforma Pladesamepesga y la Asociación Europea de Perjudicados por la Ley de Costas, presentaron escritos oponiéndose a la concesión.

Según avanzó el medio gallego Praza.gal, el acceso directo a la playa desde la finca privada existía desde antes de que Cárdenas adquiriera la vivienda, utilizada habitualmente como residencia vacacional por ella y Núñez Feijóo. No obstante, la existencia de un muro que rodea la parcela y facilita ese acceso fue un elemento clave en la decisión de Costas de recuperar el terreno.

Con esta resolución, el Ejecutivo zanja por el momento el intento de la pareja del líder del PP de seguir usando en exclusiva un terreno que pertenece al dominio público. Si desea continuar el proceso, deberá recurrir judicialmente ante la Audiencia Nacional.