Estas son las personas que pueden acceder al registro de actos de última voluntad

El certificado de actos de última voluntad es esencial para iniciar cualquier trámite de herencia al acreditar si hay un testamento y puede solicitarse de forma presencial, postal o telemática

Guardar
Entrevista a David Jiménez, abogado especializado en herencias.

El registro de actos de última voluntad es una herramienta clave en los procedimientos sucesorios. Su función principal es acreditar si una persona fallecida otorgó testamento y, en caso afirmativo, ante qué notario lo hizo. No revela el contenido del testamento, pero permite a los posibles herederos o interesados dirigirse al notario correspondiente para obtener una copia autorizada del último testamento válido.

¿Quién puede acceder?

El certificado de actos de última voluntad es el documento que se expide a quienes tienen interés legítimo en una sucesión. Puede ser solicitado por:

  • Herederos legales o designados en testamento.
  • Familiares del fallecido, siempre que puedan acreditar su vínculo y un posible derecho sucesorio.
  • Legatarios o acreedores, si pueden justificar su interés.
  • Abogados, notarios o representantes legales, siempre que presenten la documentación que los autoriza a actuar en nombre de terceros.

El proceso de solicitud

Existen tres vías principales para solicitarlo: presencial, por correo postal y telemática.

Este trámite puede gestionarse de forma presencial en la Oficina Central de Atención al Ciudadano o en cualquier Gerencia Territorial del Ministerio de Justicia, siempre con cita previa. También es posible solicitarlo por correo postal, enviando la documentación al registro general de actos de última voluntad.

La opción telemática, disponible en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia, requiere certificado electrónico y solo está habilitada para fallecimientos posteriores al 2 de abril de 2009, inscritos en el Registro Civil. Por lo tanto, quedan excluidas de esta alternativa las herencias correspondientes a muertes que se hayan inscrito en Juzgados de Paz.

Una herencia de padre a
Una herencia de padre a hija.

Para tramitar el certificado, se debe presentar el modelo 790 cumplimentado. Este formulario puede encontrarse en el portal digital de Justicia. También será necesario entregar el certificado literal de defunción (ya sea el original o una copia compulsada) y el justificante del pago de la tasa correspondiente. El plazo de emisión es de 10 días hábiles si se solicita de forma presencial o por correo, y de 5 días hábiles si se realiza por vía telemática.

Utilidad del certificado

El certificado de actos de última voluntad es un documento fundamental en cualquier procedimiento sucesorio. Es necesario para realizar operaciones como la apertura de cuentas bancarias a nombre de los herederos, la transmisión de bienes inmuebles, la gestión de seguros de vida y, en general, para la repartición legal del patrimonio del fallecido. Sin este certificado no es posible saber si el fallecido otorgó testamento, lo que puede retrasar o incluso impedir el inicio de los trámites de herencia.

Este documento informa si la persona fallecida hizo testamento en algún momento de su vida, cuántos testamentos otorgó y ante qué notario o notarios se formalizaron. Aunque no revela el contenido del testamento, sí permite localizar el último válido para que los posibles herederos, legatarios u otros interesados puedan dirigirse al notario autorizante y solicitar una copia autorizada.

¿Caduca un testamento? Los casos en los que no sirve para repartir una herencia

En consecuencia, la obtención del certificado de últimas voluntades es el primer paso necesario en cualquier sucesión, tanto en herencias testadas como intestadas. Su presentación suele ser requerida por bancos, aseguradoras, notarios y administraciones públicas para acreditar los derechos hereditarios y continuar con los trámites legales correspondientes.

Qué es el registro de actos de última voluntad

El Registro General de Actos de Última Voluntad depende orgánicamente de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, a través de la Subdirección General del Notariado y de los Registros. Está ubicado en la Plaza de Jacinto Benavente nº 3, planta primera (Madrid), y constituye un punto central en la administración del sistema sucesorio en España.