La UE estudia fórmulas para suspender el acuerdo de Asociación con Israel por la guerra en Gaza, pero pueden existir conflictos legales

El artículo 2 establece que el acuerdo se basará en el respeto de los derechos humanos y de los principios democráticos

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Franja de Gaza. (Reuters/Amir Cohen)
Franja de Gaza. (Reuters/Amir Cohen)

La ofensiva total de Israel ha dejado a la población de Gaza al límite y ha obligado a la Unión Europea a repensar su relación con el gobierno de Benjamin Netanyahu. Según anunció este martes la Alta Representante Kaja Kallas al término de una reunión de los ministros de Asuntos Exteriores de la UE, una “fuerte mayoría” de los Estados miembros —17 países, entre ellos España— se pronunció a favor de la revisión del artículo 2 del acuerdo de asociación UE-Israel. Tras conseguirse la mayoría cualificada necesaria para este procedimiento, la jefa de la diplomacia europea afirmó que la UE daría comienzo al ejercicio.

España e Irlanda fueron los primeros países en poner sobre la mesa esta opción. Hace 15 meses Madrid y Dublín enviaron una carta a la Comisión Europea, aunque entonces no recibió respuesta de la presidenta del Ejecutivo comunitario, Ursula Von der Leyen. De nuevo, estos dos países, junto a Luxemburgo y Eslovenia, volvieron a reclamar la revisión, esta vez con el respaldo que antes no tenían.

La decisión llega después de que Reino Unido anunciase este martes la ruptura de las relaciones con Israel, suspendiendo las negociaciones para un acuerdo comercial y amenazando con imponer sanciones. El ministro de Asuntos Exteriores, David Lammy, tachó de “intolerable” la ofensiva israelí sobre Gaza y anunció que revisará el acuerdo de cooperación con este país. “Tenemos que pensar que la situación en Gaza es completamente inaceptable. Esta situación no puede salir adelante”, repitió este miércoles en Madrid el embajador de Reino Unido en España, Sir Alex Ellis.

El actual acuerdo de Asociación data del año 2000 y define la base jurídica de las relaciones entre la UE e Israel. ¿Y qué quiere decir el artículo 2? Este apartado establece que las relaciones entre las Partes, así como todas las disposiciones del propio Acuerdo, “se basarán en el respeto de los derechos humanos y de los principios democráticos, que guían su política interna e internacional y constituyen un elemento esencial del presente Acuerdo”.

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Ahora, la petición de revisión debe ser formalizada por la Alta Representante y posteriormente el Consejo debe decidir, esta vez por unanimidad, si suspender o no el Acuerdo de Asociación UE-Israel.

Según señala el abogado internacionalista Itay Epshtain en una publicación, la revisión pondría de manifiesto que Israel ha cometido una grave violación del derecho internacional, “incluidas, entre otras, la prohibición de la agresión, la prohibición del genocidio, la prohibición de los crímenes de lesa humanidad, las normas fundamentales del derecho internacional humanitario (y los crímenes de guerra consecuentes) y la supresión del derecho a la autodeterminación”.

El TJUE tiene la última palabra si hay conflicto

El divorcio total parece imposible, ya que es previsible que Hungría ejerza su derecho a veto para evitar la suspensión del acuerdo, al igual que otros países como Alemania o Italia, que ya han ejercido el veto recurrentemente cuando se votan estas cuestiones. Hay que recordar que Alemania, Hungría, Italia, República Checa, Grecia, Croacia, Chipre, Bulgaria y Lituania se opusieron a la revisión del acuerdo. Y aquí es donde llega la duda legal, señala el experto.

Epshtain se refiere al posible conflicto entre ejercer su derecho a veto y la obligación de respetar los principios fundamentales de la UE, “que incluyen la protección de los derechos fundamentales”. Ante este escenario. en el que los países a favor de suspender el acuerdo o la propia Comisión acudiera a los tribunales para que se dirimiera la cuestión, sería el TJUE el que deberá pronunciarse, aunque su posible resolución no está del todo clara.

Existe otra opción menos efectiva, pero más viable dadas las capacidades limitadas de la UE en el exterior. Se trata de revisar los acuerdos comerciales. En este caso, la decisión de suspenderlos o modificarlos se votaría por mayoría cualificada, es decir, 15 de los 27 Estados miembro, y que los Estados favorables a la propuesta representen al menos el 65% de la población total de la UE.