
El Congreso pondrá previsiblemente este martes la primera piedra para ampliar las excepciones a fin de que los diputados puedan solicitar el voto telemático, una modalidad acotada a escasos supuestos desde que en 2011 se pusiera fin a la exclusiva presencialidad exigida hasta entonces a los diputados. La Cámara Baja decidirá sobre la tramitación de una propuesta de reforma del reglamento impulsada por el bloque de la investidura (PSOE, Sumar, Junts, ERC, EH Bildu, PNV, Podemos, BNG y Coalición Canaria), por lo que el previsible rechazo de PP y Vox no impedirá que su admisión reciba luz verde.
Entre las medidas incluidas en dicha iniciativa está la modificación del apartado 2 del artículo 82, que cosiste en la ampliación de las circunstancias para que la Mesa de la Cámara pueda autorizar la emisión del voto por procedimiento telemático. Hasta ahora, esta acción está justificada en situaciones de “embarazo, maternidad, paternidad, enfermedad o en situaciones excepcionales de especial gravedad”.
Asimismo, se aplica “a los miembros de las Delegaciones Permanentes de las Cortes Generales en Asambleas Parlamentarias, o a los Diputados y Diputadas que tuvieran compromisos de representación institucional en el extranjero en cumbres europeas, iberoamericanas, de la OTAN, del G-20, así como reuniones oficiales de la Asamblea General de Naciones Unidas, de sus Convenciones, o asimilados, cuando la participación en sus actividades oficiales les impida la asistencia a la votación en sesión plenaria”.
Con la reforma, sus señorías podrán solicitar el voto telemático para casos de adopción o guarda con fines de adopción o acogimiento, así como tratamientos de reproducción asistida. Además de por motivos de salud o accidente, esta modalidad se hará extensible a aquellos diputados que precisen “atender al cuidado del cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, así como de otras personas dependientes”. Asimismo, abarca otras situaciones recogidas en el estatuto de trabajadores, como el “fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad”.
Con esta iniciativa se pretende poner fin a casos tan anómalos como el que vivió la exdiputada canaria Ana Oramas, que se vio obligada a acudir al Pleno del Congreso a pesar de que un día antes murió su padre. Y es que, su voto era fundamental para que salieran aprobados los últimos presupuestos de Mariano Rajoy. “No puedo terminar sin agradecer a todos los diputados, el personal de la cámara, a los periodistas y a los medios su cariño, su respeto y su afecto en estos días”, dijo entre lágrimas desde la tribuna la exparlamentaria de Coalición Canaria.
Otra situación similar vivió Arnau Ramírez, diputado del Partido de los Socialistas de Cataluña (PSC). “El funeral de mi abuela coincidió con la segunda votación de la no investidura de [Alberto Núñez] Feijóo (PP). Aunque lo consulté, me dijeron que el voto telemático no estaba para esos casos. El resultado fue que toda mi familia estuvo en el funeral de mi abuela y yo votando que no a Feijóo”, recuerda el político catalán en unas declaraciones a Infobae España.
Más allá de las anteriores reformas del Reglamento del Congreso de los Diputados que contribuyeron a consolidar esta modalidad de voto, con la propuesta que ahora se plantea se pretende “compatibilizar el ejercicio del cargo por parte de los parlamentarios con situaciones de evidente, grave y excepcional trascendencia familiar. Del mismo modo, se hace una equiparación de los casos de embarazo, maternidad y paternidad con las citas e intervenciones médicas necesarias para el buen fin de los procesos de reproducción asistida”, reza la exposición de motivos.
Regulación de la concesión de las credenciales de prensa
Por otro lado, estos grupos políticos pretenden regular la concesión de las credenciales de prensa para poner fin a otras situaciones anómalas que se viven en el Congreso desde la entrada de agitadores ultras acreditados como periodistas, que ha sido objeto de protesta por parte de los profesionales de la comunicación. El objetivo es establecer un código de conducta para evitar “el comportamiento de algunas personas acreditadas en el Congreso, que continúan alterando o impidiendo el funcionamiento normal de las ruedas de prensa de los portavoces de los distintos grupos parlamentarios, y que distorsionan el derecho a recabar y trasmitir información veraz”, tal como denunció la semana pasada por enésima vez la Asociación de Periodistas Parlamentarios.
Según se recoge en la exposición de motivos de la reforma del reglamento, “durante la presente legislatura, las personas que se dedican al periodismo parlamentario están viendo perturbado gravemente el ejercicio de su derecho a la información por otras que, pese a estar acreditadas por la Cámara como profesionales de la comunicación, se dedican a intimidar, faltar al respeto y dificultar sistemáticamente la labor de los y las periodistas que defienden que no se obstaculice el trabajo informativo en el Parlamento”.
A consecuencia de esta situación, diferentes colectivos de periodistas han solicitado que el Congreso adopte las medidas necesarias para impedir comportamientos “inaceptables” en el ejercicio del periodismo, “sin que ello conlleve, en absoluto, limitar, restringir o menoscabar el derecho de los medios de comunicación de obtener y difundir información veraz para la ciudadanía”.
Por ello, los grupos plantean la reforma del artículo 98, que concede a la Mesa del Congreso la potestad de fijar los requisitos que resulten exigibles, “atendiendo a la necesidad de respetar el derecho a la información veraz y el buen funcionamiento de la Cámara”. “Entre los criterios para la renovación de credenciales se tendrá en cuenta, en todo caso, la existencia de anteriores vulneraciones de lo dispuesto en este artículo, así como de las directrices y acuerdos de la Mesa”, añade la iniciativa.
Asimismo, quienes representen a los medios de comunicación “respetarán”, en el recinto del Congreso de los Diputados y zonas de acceso al mismo, “las reglas de cortesía parlamentaria y las directrices e instrucciones que acuerde la Mesa”. “Nadie podrá, sin la correspondiente credencial, realizar grabaciones gráficas o sonoras dentro de las dependencias de la Cámara. Tampoco se podrán realizar grabaciones de las sesiones de los órganos parlamentarios sin la autorización de la Presidencia del órgano”.
El incumplimiento de la normativa y de las reglas de cortesía parlamentaria y demás directrices e instrucciones a las que se refiere este apartado por parte de quienes representen a los medios de comunicación acreditados serán objeto de sanción, pudiendo tener carácter leve, grave o muy grave. En el marco de estas últimas se encuentran la falta de respeto o a las reglas de cortesía frente a otras personas en el seno del recinto parlamentario y zonas de acceso al mismo, o la grabación de imágenes o audios mediante el uso de dispositivos ocultos o en los despachos de los miembros de la Cámara y en las zonas reservadas a los grupos parlamentarios.
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