¿Puede alguien heredar si nunca cuidó de quien falleció? Una abogada lo aclara

El término legal para esto se denomina ‘indignidad para suceder’, y puede impedir que alguien herede si ha cometido actos graves contra el fallecido

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Una abogada aclara si alguien
Una abogada aclara si alguien puede heredar si nunca cuidó de la persona fallecida. (Montaje Infobae / TikTok)

En España, las herencias se rigen por un conjunto de normas que establecen quiénes tiene derecho a heredar de una persona fallecida. En términos generales, los herederos legales son los hijos, el cónyuge, los padres y, en ausencia de todos ellos, otros familiares más lejanos. Sin embargo, existen casos en los que, aun siendo familiar directo, una persona puede quedar excluida del reparto de bienes por decisión judicial. El término legal para esto se denomina indignidad para suceder, y puede impedir que alguien herede si ha cometido actos graves contra el fallecido.

En uno de sus últimos vídeos de redes sociales, la abogada Nuria Ocaña Pérez (@nuria.ocanaperez en TikTok) ha explicado en qué consiste esta figura legal y bajo qué condiciones una persona puede ser considerada indigna para heredar. “¿Sabías que hay personas que pueden ser excluidas de una herencia por ley? Se llama indignidad para suceder y está regulado en el artículo 756 del Código Civil“, ha señalado la letrada al inicio del vídeo.

¿Quién puede ser declarado indigno?

Según el artículo 756 del Código Civil español, pueden ser considerados indignos para suceder aquellos herederos que hayan incumplido sus obligaciones como progenitores. “¿Quién puede ser declarado indigno? Pues según la ley, por ejemplo, el que maltrate o abandone gravemente al fallecido, quien no cumpla con sus obligaciones como padre o madre, o quien cometa delitos contra el testador", ha explicado.

Para ilustrar esta situación, la abogada menciona un caso concreto resuelto por el Tribunal Supremo en 2018, que sirve como precedente en este tipo de situaciones: “Un niño con parálisis cerebral fue cuidado solo por su madre. El padre no visitó al niño, no lo atendió y casi no pagó la pensión de alimentos”, ha relatado.

En este caso, pese a la evidente ausencia del padre durante la vida del menor, este reclamó su parte de la herencia tras el fallecimiento del hijo. El caso llegó hasta el Tribunal Supremo, que adoptó una posición firme. “Cuando el niño falleció, el padre quiso heredar, pero el juez, el Tribunal Supremo, lo dejó claro. Un padre que abandona así a su hijo no merece heredar”, ha asegurado la letrada. El fallo concluyó que el padre actuó con un abandono continuado que justificaba su exclusión de la sucesión.

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La pérdida del derecho a heredar

Como consecuencia de esa resolución judicial, el progenitor perdió cualquier derecho sobre los bienes del hijo fallecido. “El Tribunal Supremo lo declaró indigno. Perdió su parte de la herencia, lo que le correspondería, la perdió”, ha afirmado Ocaña. El caso evidencia que los tribunales pueden valorar no solo el parentesco, sino también la conducta del heredero potencial hacia el fallecido, especialmente en situaciones de dependencia o vulnerabilidad.

Esta figura no se aplica automáticamente. Para que una persona sea declarada indigna, es necesario iniciar un procedimiento judicial en el que se acredite que ha existido una causa legal de exclusión. La sentencia debe dictaminar de forma explícita esa indignidad, lo que requiere pruebas sólidas de abandono, maltrato o delitos cometidos.

La abogada ha concluido su explicación haciendo un llamamiento a quienes se sientan perjudicados por situaciones similares. “Si tú también crees que alguien no merece heredar, ponte en contacto conmigo”, ha afirmado.