El error más típico al heredar una casa “por intentar pagar menos”, según una abogada y asesora inmobiliaria: “A Hacienda le encanta que te líes”

Realizar los primeros trámites en seis meses y resolver adecuadamente “el gran dilema” en relación con los impuestos son claves para la letrada Claudia Díez

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Bloque de viviendas. (Europa Press)
Bloque de viviendas. (Europa Press)

Heredar una vivienda es a priori una buena noticia, más allá de ser una circunstancia que se debe a un fallecimiento. Y aunque en ocasiones puede tratarse de un legado envenenado, o con cargas inesperadas, por lo general terminará suponiendo un enriquecimiento una vez superada la compleja burocracia o las diferencias que puedan surgir con el resto de destinatarios de ese bien.

La abogada y asesora inmobiliaria Claudia Díez ha publicado en sus redes sociales (@legalmente_chill) algunos consejos a tener en cuenta a la hora de heredar, en primer lugar para no dejar pasar unos primeros seis meses fundamentales, y también para no errar al tratar de pagar menos impuestos, porque al término puede suponer que haya que abonar “mucho más”.

Lo explica de la siguiente manera: “Te voy a contar el error más típico que veo en herencias, que intentas pagar menos y acabas pagando mucho más porque sí, a Hacienda le encanta que te líes tú solito. Los herederos tenéis seis meses para mover ficha. Si no lo hacéis y en los siguientes cuatro años queréis hacer algo con esa herencia, multita is coming”.

Miedo a heredar: 28.224 personas rechazan sus herencias en el primer semestre mientras se disparan las donaciones en vida.

“Hazlo bien o todo son sustos”

“¿Qué es mover ficha -continúa Díez-? Pues ir al notario y hacer lo que se llama la aceptación y adjudicación de la herencia, que consiste básicamente en aceptar la herencia, hacer un inventario de los bienes, derechos y deudas, darles un valor y repartirlo entre los herederos. Después, viene el momento en el que Hacienda te observa intensamente. Es decir, liquidar impuestos".

Este es uno de los puntos clave y cuando, a juicio de Díez, se puede cometer el error de mayor coste económico. Antes, pagar el impuesto de sucesiones y donaciones, que se calcula en función del valor que se haya dado a la herencia, y el impuesto de plusvalía municipal. Una vez hecho, toca la inscripción en el Registro de la Propiedad para formalizar el cambio de nombre.

Todos estos pasos son los que hay que completar en ese periodo de medio año, si bien, en caso de anticipar que no se llegará a tiempo, se puede solicitar una prórroga de otro medio. “Pero hazlo bien porque luego, todo son sustos”, aconseja la letrada.

Clara Díez, abogada y asesora
Clara Díez, abogada y asesora inmobiliaria, en TikTok.

“El gran dilema inmobiliario”

“Y bueno, vamos a lo interesante -sigue Díez-. He heredado una vivienda. ¿Qué valor le doy? Aquí es donde aparece el gran dilema. No cometas el error de ‘vamos a darle el mínimo valor para pagar lo mínimo de impuesto de sucesiones o no pagar nada’. Siempre hay que intentar darle el máximo valor dentro del límite exento del impuesto, pero que a la vez se ajuste lo máximo posible al valor de mercado".

La razón, expone Díez, es que “como luego vayas a vender y la diferencia entre el valor que le has dado y el precio de venta sea muy grande, eso se considera una ganancia patrimonial a efectos de Hacienda y tributa por IRPF. Adivina el palo te va a venir, y va a ser mucho más grande que lo que tratabas de evitar pagar con el impuesto de sucesiones", advierte.

En este sentido, la experta recomienda tratar de buscar “un equilibrio inteligente” para “evitar sustos y dramas”.