Un hermano intenta anular el testamento de su hermana ciega porque se otorgó sin la presencia de testigos: la Justicia lo rechaza alegando que conocía el contenido

Cuando una persona ciega o que no sepa o pueda leer quiere entregar un testamento, siempre debe acudir a la notaría con dos testigos de su confianza como autorizantes del acto

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Un hermano intenta anular el testamento de su hermana ciega porque se otorgó sin la presencia de testigos. (Freepik/Pexels)

Los testamentos suelen generar polémicas entre las familias, ya que se producen discordias que acaban en discusión. En un fallo reciente, la Audiencia Provincial Civil de Madrid resolvió un litigio que involucraba la disputa sobre la validez de una cesión otorgada en 2018 por Adela, quien padecía una grave deficiencia visual.

Cuando una persona ciega o que no sepa o pueda leer quiere entregar un testamento, siempre debe acudir a la notaría con dos testigos de su confianza como autorizantes del acto. En este caso, como Adela no lo hizo, su hermano Manuel presentó un recurso solicitando la nulidad del documento. Sin embargo, la Audiencia lo desestimó y confirmó su validez.

La lucha por la validez del testamento

El conflicto comenzó cuando Manuel interpuso una demanda para que se declarara nulo el testamento de Adela, firmado el 20 de noviembre de 2018 ante el notario Rafael Thode Garrido. En este documento la fallecida instituyó como heredera universal a su hermana Laura. El demandante alegó que la testadora padecía ceguera en ese momento y que el certificado no cumplía con la formalidad de contar con dos testigos presenciales, como exige el artículo 697 del Código Civil, que establece que se debe contar con testigos cuando el testador no puede leer el testamento por sí mismo.

Sin embargo, la heredera se opuso a esta demanda y argumentó que a pesar de que Adela padeciera un problema grave visual, durante el otorgamiento, el notario leyó el testamento en voz alta, lo que garantizó que comprendiera el contenido y manifestara su voluntad. Por ello, tal y como defendió, la falta de testigos no afectaba a la validez del documento.

La resolución judicial: la voluntad de la testadora quedó garantizada

La Audiencia Provincial examinó los detalles del caso, y aunque reconoció que Adela tenía un déficit visual severo (agudeza visual de 0,05), concluyó que la ausencia de los testigos no invalidaba el testamento. La clave del fallo radica en el hecho de que el notario leyó el testamento en voz alta a la testadora, quien manifestó su conformidad con el contenido. Según la sentencia, su voluntad quedó garantizada por la intervención del notario, quien se aseguró en todo momento de que comprendiera el texto antes de firmarlo.

En este sentido, la Audiencia subrayó que el principio favor testamenti, que favorece la validez de los testamentos en caso de duda sobre las formalidades, debía prevalecer. Este principio permite que se respete la voluntad del testador siempre que haya garantías suficientes de que se expresó de manera libre y consciente, sin que los defectos formales impidan que se cumpla esa voluntad. En este caso, se consideró que el testamento cumplía con los requisitos básicos de voluntad y conciencia por parte de la testadora, a pesar de la ausencia de los testigos y de las condiciones visuales.

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Los argumentos de apelación y la desestimación del recurso

Manuel no se dio por vencido y apeló la decisión del juzgado de primera instancia, argumentando que la voluntad de su hermana no había quedado suficientemente garantizada debido a su dificultad para leer el testamento. A pesar de que le leyeran el documento, a su parecer, Adela no podía haber comprendido del todo el contenido.

Este argumento tampoco le valió con la Audiencia Provincial, que desestimó el recurso y ratificó la validez del testamento. La intervención del notario, en este caso, era suficiente para garantizar la autenticidad y la voluntad de la testadora, sin necesidad de recurrir a los testigos.