Nuevas normas en Bizum: estos pagos deberán ser notificados a Hacienda

Hasta ahora, únicamente se requería avisar de las operaciones que superasen los 3.000 euros anuales

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Una persona realiza un pago
Una persona realiza un pago por Bizum. (Europa Press)

Bizum aterrizó hace unos años siendo una opción fácil y sencilla para enviar dinero, y con el tiempo se ha convertido en una herramienta casi imprescindible en nuestra vida cotidiana. Desde poder dividir la cuenta en un restaurante hasta pagar entradas o compartir gastos comunes, esta aplicación integrada en las plataformas móviles de los bancos ha simplificado los intercambios económicos, informales o formales. Con más de 27 millones de usuarios en España, su implantación ha transformado la manera en la que las personas gestionan pequeñas cantidades de dinero.

Su funcionamiento inmediato, gratuito y seguro ha fomentado su uso tanto entre particulares como entre pequeños comercios. Pero el incremento en el volumen de transacciones no ha pasado desapercibido para la Agencia Tributaria, que ha anunciado nuevas medidas para vigilar más de cerca el uso de esta herramienta, especialmente en casos donde exista una actividad económica encubierta.

Nuevas obligaciones para los bancos

A partir de ahora, tal y como han informado desde El Periódico, las entidades bancarias deberán remitir informes mensuales a Hacienda con todas las operaciones que estén vinculadas a una actividad comercial realizada a través de Bizum. Esto supone un cambio sustancial con respecto al sistema anterior, en el que únicamente se requería notificar las operaciones que superasen los 3.000 euros anuales. Con la supresión de este umbral, las autoridades fiscales podrán acceder también a los movimientos por debajo de esa cantidad, siempre que presenten indicios de ser pagos relacionados con alguna actividad económica.

Este mayor escrutinio no afectará, en principio, a los intercambios de dinero entre particulares por motivos personales, como el reembolso de una cena o un regalo compartido. Según los criterios publicados por la Agencia Tributaria, este tipo de transferencias seguirán sin requerir una declaración específica, siempre y cuando el importe total no exceda los 10.000 euros anuales entre los mismos dos usuarios.

Qué operaciones estarán bajo vigilancia

Uno de los aspectos clave de este refuerzo del control fiscal es la detección de operaciones que, pese a su aparente informalidad, podrían esconder una actividad económica sujeta a tributación. Se trata, por ejemplo, de pagos recibidos por ofrecer clases particulares, alquilar habitaciones, vender productos de forma periódica o prestar servicios profesionales sin estar registrado como autónomo. En estos casos, Hacienda considera que los ingresos obtenidos deben incluirse en la declaración de la renta correspondiente, aunque la persona no tenga una actividad empresarial formalmente constituida.

Para facilitar esta labor, la Agencia Tributaria utilizará los datos proporcionados por los bancos para identificar patrones de transacciones que se repitan en el tiempo o que impliquen cantidades elevadas. Estos movimientos podrían activar alertas automáticas que desemboquen en inspecciones o requerimientos adicionales.

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Límites que se mantienen vigentes

Mientras se refuerzan los mecanismos de control, los límites técnicos de la plataforma siguen siendo los mismos que hasta ahora. Cada operación debe estar comprendida entre un mínimo de 50 céntimos y un máximo de 1.000 euros, aunque algunas entidades imponen un tope de 500 euros por transacción. A nivel diario, se pueden enviar hasta 2.000 euros, mientras que el límite mensual se mantiene en 5.000 euros. Además, el número total de operaciones que una persona puede realizar al mes está limitado a 60.

Estos topes han sido establecidos para evitar usos abusivos del sistema y, en muchos casos, también funcionan como barrera frente a operaciones sospechosas. Aunque Bizum está integrado en las apps bancarias y, por tanto, está vinculado a una cuenta identificada, las nuevas medidas pretenden mejorar la trazabilidad de los movimientos financieros que hasta ahora podían escapar a la fiscalización.

De igual manera, los pagos entre particulares no necesitarán declaración específica mientras no superen el límite anual ya mencionado. El foco estará en aquellas operaciones que reflejen una finalidad comercial, profesional o empresarial.