Cambiar los estatutos para vetar los pisos turísticos puede salir caro a las comunidades de vecinos: el Congreso debate si facilita este trámite “oneroso”

La Cámara Baja tiene en sus manos exigir al Gobierno medidas para agilizar la modificación de los estatutos de las comunidades de vecinos relativos a la limitación del uso turístico de viviendas residenciales

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Dos personas acceden a un
Dos personas acceden a un piso turístico. (Europa Press)

Las comunidades de vecinos en España pueden vetar la instalación de pisos turísticos en sus inmuebles si lo prohíben expresamente en sus estatutos. Así lo confirmó recientemente el Tribunal Supremo, aclarando que las comunidades de propietarios pueden prohibir la actividad de alquileres turísticos mediante acuerdos adoptados en junta por mayoría de tres quintos, en aplicación del artículo 17.12 Ley de Porpiedad Horizontal.

Pese a adquirir un mayor poder de decisión sobre la autorización de pisos turísticos en sus edificios, hay “impedimentos materiales” que dificultan que esta decisión pueda ponerse en práctica, ya que, una vez aprobado en Junta de propietarios, la comunidad debe modificar sus estatutos en el Registro de la Propiedad.

Precisamente, el Congreso de los Diputados debatirá la próxima semana sobre cómo mejorar dicho trámite para garantizar este derecho. En concreto, la Comisión de Justicia someterá a votación una proposición no de ley de Sumar sobre las medidas para “modificar los estatutos por parte de las comunidades de vecinos relativos a la limitación del uso turístico de viviendas residenciales”.

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El socio minoritario del Ejecutivo expone que la inscripción en el Registro de la Propiedad “tiene un coste” para la comunidad de vecinos, que tiene que acudir primero al notario para que levante acta de la Junta de propietarios, abonando para ello la comunidad de vecinos el arancel correspondiente, y posteriormente tiene que acudir al Registro de la Propiedad y abonar otro arancel para registrar la modificación de los estatutos.

“Dicho arancel puede llegar a ser bastante alto y se calcula en función de diferentes variables, por lo que es difícil para las comunidades de vecinos conocer el coste real que tendrá que soportar cada vecino para poder hacer efectiva su decisión antes de poder adoptar el acuerdo", añade la iniciativa, que no tiene rango de ley.

Evitar tarifas desproporcionadas y limitar o bonificar los aranceles

Por ello, Sumar plantea que el Congreso inste al Gobierno, del que forma parte, a desarrollar varias actuaciones, en coordinación con las Administraciones públicas competentes. En concreto, “estudiar y adoptar las medidas necesarias para facilitar y agilizar los trámites necesarios para realizar la inscripción registral de los acuerdos que adopten las comunidades de vecinos en torno a la limitación del uso de viviendas residenciales como pisos turísticos".

Asimismo, Sumar propone adoptar las medidas necesarias para “establecer criterios claros y objetivos para la determinación de los aranceles registrales, que eviten la interpretación subjetiva y la aplicación de tarifas desproporcionadas”.

Por último, la proposición no de ley haba de “limitar o bonificar los aranceles registrales” aplicables a la inscripción de los acuerdos de prohibición de pisos turísticos en comunidades de propietarios, de modo que “se aligere la carga económica” que supone este trámite, hoy “muy oneroso para las comunidades de propietarios, con el fin de que la voluntad de los vecinos pueda ejecutarse sin impedimentos económicos".

En la iniciativa, Sumar subraya la necesidad de regular los pisos turísticos tras su proliferación en los últimos años. “La conversión masiva de viviendas residenciales en alojamientos turísticos ha desencadenado una serie de problemas que afectan tanto a las personas, como a las comunidades de vecinos y a las ciudades en su conjunto”, añade el espacio liderado por la vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz. Además de la escasez de viviendas asequibles, la expansión de esta actividad afecta a las propias comunidades de vecinos, ya que “alteran la tranquilidad, la convivencia y la calidad de vida de sus vecinos”.

En el marco de las medidas adoptadas para facilitar que las comunidades de vecinos pudieran limitar el ejercicio de esta actividad, destaca una nueva regulación al margen de la avalada recientemente por el Supremo. En concreto, el pasado 4 de abril entró en vigor una modificación de la Ley de Propiedad Horizontal que permite a los vecinos aprobar expresamente los alquileres turísticos en sus edificios.