Así puedes cobrar el paro si estás de excedencia voluntaria, según el SEPE

La posibilidad de cobrar el paro durante una excedencia voluntaria es una excepción y no la norma. Los trabajadores deben estar atentos a las condiciones específicas que permiten acceder a esta prestación y asegurarse de cumplir con todos los requisitos legales

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(Marta Fernández / Europa Press)
(Marta Fernández / Europa Press)

El Servicio Público de Empleo Estatal ha decidido aclarar una duda muy común, que es cuáles son las condiciones bajo las cuales un trabajador puede acceder a la prestación por desempleo mientras se encuentra en una situación de excedencia voluntaria.

Y aunque en la mayoría de los casos esta ayuda es denegada, el organismo ha identificado dos escenarios específicos en los que es posible recibir el subsidio. Ahora bien, estas excepciones están sujetas a circunstancias muy concretas que deben cumplirse estrictamente para que el trabajador sea considerado en situación legal de desempleo.

Es importante aclarar que la excedencia voluntaria no garantiza al empleado el retorno a su puesto de trabajo, aunque sí le otorga un derecho preferente para reincorporarse cuando exista una vacante en su misma categoría. Este derecho, en concreto, está recogido en el artículo 46.5 del Estatuto de los Trabajadores, que establece que el empleado conserva únicamente una prioridad para reingresar en vacantes de igual o similar categoría dentro de la empresa.

Sin embargo, esta situación no equivale automáticamente a estar en desempleo legal, lo que complica el acceso a la prestación por paro, sí, pero no la hace imposible.

Dos circunstancias en las que se puede cobrar el paro durante una excedencia

El SEPE ha especificado que, en términos generales, si un trabajador solicita la prestación por desempleo al pasar a una excedencia voluntaria, esta será denegada. Esto se debe a que no se considera una situación legal de desempleo. No obstante, existen dos excepciones en las que el trabajador podría recibir la ayuda.

El primer caso se da cuando el trabajador, estando en excedencia voluntaria, se encuentra en una situación legal de desempleo antes de que finalice el periodo de excedencia. En este escenario, si la duración de la prestación por desempleo supera el tiempo restante de la excedencia, el trabajador podrá cobrar el paro hasta que esta finalice.

Eso sí, una vez concluida la excedencia, el empleado deberá solicitar su reincorporación a la empresa y esperar una respuesta. Si la empresa no puede aceptar su reingreso por falta de vacantes adecuadas o si lo pospone para una fecha futura, el trabajador podrá seguir percibiendo la prestación hasta que se reincorpore o hasta que se agote el subsidio.

El segundo caso sucede cuando el periodo de la excedencia ya ha finalizado o no se ha establecido un tiempo mínimo para su duración. En esta situación, el trabajador debe solicitar primero su reingreso a la empresa. Si la empresa no responde a esta solicitud, el SEPE no puede resolver la petición de prestación por desempleo, ya que el trabajador no se encuentra en una situación legal de desempleo.

Sin embargo, si la empresa confirma que no puede reincorporarlo en ese momento, el trabajador pasará a estar en desempleo legal y podrá acceder al subsidio.

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El impacto de las excedencias y el desempleo en las cifras laborales

Es importante, en ese sentido, saber que aunque las excedencias voluntarias son una herramienta que permite a los trabajadores ausentarse temporalmente de sus puestos, estas no garantizan estabilidad laboral ni acceso automático a ayudas por desempleo.

Precisamente por esto, el SEPE ha insistido en que los trabajadores en excedencia deben cumplir con los requisitos establecidos para ser considerados en situación legal de desempleo. Esto incluye, en muchos casos, la necesidad de haber trabajado en otra empresa durante el periodo de excedencia y que el contrato en esta nueva empresa haya finalizado por causas ajenas a su voluntad. Solo bajo estas condiciones es posible solicitar la prestación por desempleo.