
La Agencia Tributaria está en plena campaña de la Renta. Fue el pasado 2 de abril cuando comenzó el plazo para iniciar los trámites. Eso sí, los contribuyentes disponen de casi tres meses para presentar las aportaciones fiscales realizadas durante el pasado 2024.
En este sentido, si las retenciones realizadas durante el año superan el monto real a pagar, la Agencia Tributaria devolverá la diferencia. En caso contrario, será el contribuyente quien deba abonar el saldo pendiente. De este modo, y con el objetivo de obtener el mejor resultado posible, son muchos los contribuyentes que realizarán este procedimiento lo más pronto posible. Así, este último podrá realizarse de forma presencial, telefónica o por internet.
Para quienes opten por la vía online, la Agencia ofrece el servicio Renta WEB, que permite consultar, modificar y presentar el borrador de la declaración. Según los datos del organismo, miles de ciudadanos ya han completado el proceso o se encuentran en ello.

Cómo presentar borrador o declaración mediante Renta WEB
Según informa la Agencia Tributaria en su página web, el borrador de la declaración de la Renta puede solicitarse y modificarse a través del servicio Renta WEB. Para acceder, existen tres vías principales: mediante certificado electrónico o DNIe, con número de referencia —introduciendo el NIF, la fecha de caducidad del DNI o el número de soporte del NIE y la casilla 0505 de la declaración anterior—, o mediante el sistema Cl@ve PIN, que requiere un código recibido por SMS.
Si el contribuyente ya accedió previamente a Renta WEB, el sistema mostrará una ventana emergente con la opción de continuar la sesión o iniciar una nueva declaración incorporando los datos fiscales. También es posible elegir el idioma en que se desea realizar el trámite.
En este sentido, si ya se ha accedido previamente al borrador, el programa permite modificar la declaración mediante el botón “Modificar declaración presentada”. Al seleccionar la opción “Continuar sesión” en Renta WEB, el sistema dirige al usuario al “Resumen de declaraciones”. Desde esta sección es posible completar la información pendiente mediante el apartado “Apartados declaración” y, una vez revisado el resultado, presentar la declaración en la modalidad que corresponda: individual, del cónyuge o conjunta, según la opción más conveniente para el contribuyente.
En caso de optar por “Nueva declaración”, se abrirá una ventana con los datos identificativos del declarante y del resto de miembros de la unidad familiar, si los hubiera. Si se desea que el programa calcule únicamente la declaración individual del titular, debe marcarse la casilla específica habilitada en la parte superior del formulario. Para confirmar el borrador, se debe acceder a la sede electrónica de la Agencia Tributaria, ingresar en el apartado “Tramitación Borrador/Declaración” y seguir los pasos indicados.
Fechas clave declaración de la Renta
Tras el inicio de la campaña de la Renta el pasado 2 de abril, están son las próximas fechas que tienes que tener en cuenta:
- A partir del 6 de mayo los contribuyentes que así lo deseen podrán realizar su declaración de Renta 2024 por teléfono. Para ello, podrán solicitar cita previa desde el 29 de abril y hasta el 27 de junio.
- Para quienes deseen la opción presencial, el periodo para confeccionar la declaración en las oficinas de la Agencia Tributaria arrancará el 2 de junio. En este caso, se podrá solicitar cita previa desde el 29 de mayo y hasta el 27 de junio.
- La fecha límite para presentar todas las declaraciones será el 30 de junio. Quienes opten por la domiciliación bancaria tendrán como plazo hasta el 25 de junio.
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