Su padre era el único propietario, pero la madrastra se lo quedó casi todo aunque los hijos no habían sido desheredados: la razón es la reforma de la casa

El reparto entre los herederos fue desigual debido a las complejidades de la ley

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Una madre y una hija
Una madre y una hija discuten sobre la herencia. (Adobe Stock)

En Francia, igual que en España, no se puede desheredar a los hijos (a no ser que estos hayan cometido algún delito demostrable contra el progenitor, como maltrato o robo). En España, existe el concepto de “la legítima”, la parte de la herencia que la ley española reserva a los hijos u otros descendientes. Y en Francia está la “reserva hereditaria”, que también garantiza una fracción del patrimonio del fallecido a sus descendientes. Esta es la teoría.

En la práctica, sin embargo, siempre hay excepciones a la regla. Como la situación que acaba de vivir una familia francesa, y que ha revelado el medio Le Figaro. El caso tiene sus raíces en el segundo matrimonio del padre de la familia, que se casó en 2010, a los 68 años, con una mujer tres años menor que él. Antes de esta unión, el padre no era propietario de su residencia principal, pero sí había adquirido en 2001 una vivienda en Burdeos por 250.000 euros. Esa propiedad representaba un “bien propio” porque fue comprada antes de su segundo matrimonio. “Cuando la pareja se casó, la vivienda estaba en condiciones precarias, pero fue completamente renovada con el dinero de ambos durante los años siguientes”, ha detallado Coralie Daven, exnotaria y fundadora de una plataforma de acompañamiento jurídico, a Le Figaro. En esos trabajos de renovación invirtieron alrededor de 200.000 euros.

Estas reformas, sin embargo, afectaron la naturaleza jurídica del bien debido al régimen matrimonial adoptado automáticamente tras su unión, conocido como “comunidad reducida a los bienes adquiridos”. Según este régimen, los ingresos percibidos mientras durase el matrimonio se considerarían bienes comunes, incluso si se destinaban a mejorar un bien individual como era esa vivienda. En este caso, los 200.000 euros destinados a las reformas representaron aproximadamente el 44% de la suma total invertida en la propiedad (450.000 euros). “Este porcentaje se aplica al valor actualizado de la vivienda, que tras la muerte del padre, fue tasada en 700.000 euros”. Todo esto redujo drásticamente el patrimonio disponible para los herederos.

Entrevista a David Jiménez, abogado especializado en herencias.

Un reparto desigual

Además, el panorama sucesorio se complicó debido al testamento que Pascal dejó en vida, en el que asignó la “parte disponible” —un tercio de su patrimonio total— íntegramente a su esposa. Finalmente, quedaron 389.000 euros para repartir entre la viuda y los dos hijos. De este monto, la mujer recibió su tercio, según lo estipulado en el testamento, mientras que los dos hijos tuvieron que dividirse los dos tercios restantes. Sin embargo, los hermanos también enfrentaron el pago de derechos de sucesión, que alcanzaron aproximadamente el 30% sobre aquellas cantidades que excedían el límite exento. Así, cada hijo finalmente recibió una cifra mucho más pequeña que la de su madrastra.

Daven concluyó que “si las reformas hubieran sido financiadas únicamente con dinero del padre, los hijos habrían obtenido dos tercios del valor de la casa, a pesar del testamento”, reflexionando sobre la trascendencia de estos detalles en casos sucesorios. Las decisiones financieras durante el matrimonio y las disposiciones testamentarias adquieren un peso significativo en este tipo de situaciones.