Un error del Gobierno obligará a los perceptores del salario mínimo a tributar por el IRPF en la parte autonómica

Ha sido el Registro de Asesores Fiscales (Reaf) del Consejo General de Economistas el que ha alertado de ello este miércoles, explicando que la solución normativa adoptada solo se ha regulado para la cuota líquida estatal

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La vicepresidenta primera y ministra
La vicepresidenta primera y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, y la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz (Candela Ordóñez - Europa Press)

La solución acordada por el Gobierno para evitar que los perceptores del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) tengan que tributar por el IRPF hace aguas. El pasado mes de marzo, los Ministerios de Trabajo y Hacienda acordaron introducir una compensación para cubrir la parte tributable del trabajador durante este 2025. Pero lo cierto es que esta medida solo contempla la aplicación de esta modificación a la cuota líquida estatal, pero no hace lo mismo con la cuota líquida autonómica, por lo que la deducción solo afectará al 50% del impuesto.

Ha sido el Registro de Asesores Fiscales (Reaf) del Consejo General de Economistas el que ha alertado de ello este miércoles, explicando que la solución normativa adoptada, consistente en una deducción transitoria de 340 euros para los contribuyentes con rendimientos íntegros del trabajo inferiores a 16.576 euros, solo se ha regulado para la cuota líquida estatal, y no para la cuota líquida autonómica (que representa aproximadamente la mitad de la carga total del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).

Esto implica que, de los aproximadamente 300 euros al año que los beneficiarios del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) pagan en concepto de retenciones, solo recibirían la mitad de esa cantidad como devolución en el próximo ejercicio fiscal. Este desfase podría significar una falta de equidad para aquellos que dependen principalmente de esta deducción, ya que no se está considerando la carga fiscal completa, que incluye tanto la cuota estatal como la autonómica.

El presidente de la REAF, Agustín Fernández, ha afirmado que “la técnica legislativa regulada para quienes cobran el salario mínimo interprofesional (SMI) y no paguen el IRPF es técnicamente peor que la regulada para el 2024, ya que estos trabajadores adelantan el pago del Impuesto en 2025 y, posteriormente, quedan obligados a presentar la declaración para recuperar las cantidades ya satisfechas”.

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Un error que todavía tiene solución

Según explican los economistas, todavía hay margen para solucionarlo, ya que la compensación que propusieron se incluirá mediante una enmienda en el proyecto de ley sobre responsabilidad civil y seguros en la circulación de vehículos a motor, que previsiblemente se aprobará sin problemas en las Cortes. Por lo que solo tendrían que incluirla.

“Entendemos que es un fallo que todavía puede corregirse, sobre todo porque se trata de una enmienda que puede ser modificada antes de que se vote la ley”, ha afirmado la técnica del servicio de estudios del REAF, Raquel Jurado.

El debate de la tributación continuará en 2026

Es importante considerar que las medidas adoptadas para evitar que los beneficiarios del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) tengan que tributar por el IRPF solo se aplicarán en 2025. El acuerdo alcanzado es más bien una solución temporal, diseñada para abordar el problema de forma inmediata, pero no resuelve la cuestión a largo plazo. La misma discrepancia resurgirá cuando se reanude el debate sobre el aumento del SMI para 2026, lo que hará necesario un nuevo ajuste legislativo