
Junts lleva este martes al Congreso su ley para hacer frente a la okupación ilegal de inmuebles y acelerar el desalojo en 48 horas, una propuesta legislativa que tiene muchas opciones de iniciar su tramitación parlamentaria al tratarse de una cuestión que genera consenso en el bloque de la derecha (une a PP, Vox y PNV). Asimismo, según la formación de Carles Puigdemont, el PSOE se comprometió a respaldar la norma.
Fuentes de la dirección del grupo parlamentario socialista, aunque no adelantan el sentido del voto, hacen hincapié en que “se trata de una toma en consideración” y no se cierran en banda a admitir una ley propuesta por el partido independentista, socio indispensable del Gobierno en el Congreso. No obstante, en el marco de la Ley de eficiencia del Servicio Público de la Justicia, los socialistas rechazaron recientemente una enmienda para agilizar desahucios en caso de okupación con allanamiento de morada y usurpación de un bien inmueble, que salió adelante por el voto favorable por error de ERC y EH Bildu.
La ley tiene como objetivo principal dotar a los tribunales y operadores jurídicos de “mejores herramientas legales para que puedan tramitar los procesos de desokupación y lanzamiento de inmuebles ocupados ilegalmente de una manera más eficaz y rápida”.
Por ello, los de Puigdemont plantean reformar la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim) para poder establecer una medida cautelar urgente de desalojo cuando se interponga la correspondiente denuncia y defienden que la recuperación posesoria se produzca en un plazo máximo de 48 horas, sin que las alegaciones de vulnerabilidad permitan dilatar el proceso.
Aunque no distingue entre “usurpación de viviendas” (entrar en un inmueble que no constituye la morada de nadie) y “allanamiento de morada” (entrar en el domicilio habitual y la segunda residencia de un propietario) a la hora de hablar de este fenómeno, Junts justifica la norma en que la okupación de bienes inmuebles “se ha multiplicado exponencialmente en los últimos diez años”.
Según datos del Ministerio del Interior, las denuncias por okupaciones de vivienda en 2024 han repuntado un 7,4% en toda España con respecto al año anterior, con 16.426 hechos conocidos por las Fuerzas de Seguridad. En 2014, hace diez años, este dato era de 10.084, aunque la cifra que facilita Interior no diferencia entre los delitos de usurpación de vivienda y los más graves de allanamiento.
Si se comparan los 16.426 casos de allanamientos y usurpaciones de 2024 con otras tipologías delictivas registradas el mismo año se constata que se encuadran entre los delitos menos frecuentes: el año pasado hubo más de 649.000 hurtos y 414.000 estafas, así como 29.342 delitos de lesiones y riña tumultuaria o más de 21.000 delitos tanto por delitos contra la libertad sexual como por tráfico de drogas.
Desalojo rápido
“Las fórmulas previstas en la vía penal para desocupar un inmueble no están siendo suficientemente eficaces ni suficientemente rápidas. Por ello, es necesario revisar los mecanismos previstos, tanto por la vía penal como por la vía civil, tal y como se formula en esta proposición. Con esta propuesta se prioriza un desalojo rápido”, resume el partido independentista.
La ley pretende “potenciar la adopción de medidas cautelares” a partir de la aprobación de un nuevo artículo 544 sexíes en la LeCrim y de la modificación del artículo 13, a fin de “establecer una medida cautelar urgente de desalojo, cuando se interponga la correspondiente denuncia. Destacando que la recuperación posesoria se producirá en un plazo máximo de 48 horas e impidiendo dilaciones en la recuperación posesoria por la alegación de vulnerabilidad por parte de los ocupantes ilegales del inmueble”, reza el texto.
Devolución rápida después de denunciar
Asimismo, quieren modificar el artículo 962 de la LeCrim para permitir el enjuiciamiento del delito leve de usurpación de bien inmueble por los trámites del juicio inmediato por delito leve.
Con este cambio, los tribunales podrán decidir si aplican la previsión que permita al juzgado de instrucción adoptar una "medida cautelar urgente de desalojo, en el momento de celebrarse el juicio inmediato por delito leve de usurpación de bien inmueble”.
“La infracción penal se está produciendo mientras dura la posesión ilícita, por eso, la devolución rápida de la posesión a favor del titular, después de denunciar, resulta obligada para dar cumplimiento al derecho constitucional a la tutela judicial efectiva”, añade la ley, además de modificar la Ley Orgánica del Tribunal del Jurado para suprimir su competencia en el delito de allanamiento de morada.
En el ámbito civil, precisa diferenciar los supuestos de ocupaciones ilegales del resto de procedimientos para recuperar la posesión de la propiedad, ya que en opinión de Junts, “no es posible combatir de forma efectiva la okupación ilegal de inmuebles mientras persista la equiparación del régimen jurídico aplicable a los procedimientos de recuperación de la posesión derivados de contratos arrendatarios, con el de los procedimientos dirigidos a recuperar la posesión frente a ocupantes sin título legítimo”, ahonda la iniciativa legislativa.
Asimismo, exige la supresión del trámite incidental de vulnerabilidad económica y suspender de la moratoria de desahucio y lanzamientos para personas económicamente vulnerables sin alternativa habitacional que está vigente hasta final de año en los supuestos de okupación, ya que el partido independentista considera que su “aplicación indiscriminada” se ha convertido en una herramienta que puede ser utilizada para “dilatar injustificadamente los procesos“.
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