Becas MEC: cómo reclamar si no estás conforme con la resolución de tu solicitud

Este mes se abre el plazo para solicitar la ayuda para la convocatoria del curso 2025/26

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Un estudiante realiza uno de
Un estudiante realiza uno de los exámenes de la EBAU. (Alberto Ruiz / Europa Press)

En las próximas semanas, aunque sin una fecha cerrada, se abrirá el plazo para solicitar la beca MEC de la convocatoria general para el curso 2025/26. Lo anunciaba la pasada semana la ministra de Educación y portavoz del Gobierno, Pilar Alegría, que destallaba que en esta ocasión la partida alcanzará los 2.544 millones de euros, que suponen 1.100 millones más que el curso pasado, con el objetivo de beneficiar a un millón de estudiantes.

Una vez haya finalizado el plazo de solicitud de beca, el Ministerio se encarga de valorar cuál es la cuantía que corresponde a cada estudiante en función de sus circunstancias económicas y sus resultados académicos. No obstante, hay ocasiones en las que consideran que no cumplen con los requisitos para obtener la beca. En ese caso, se puede reclamar.

Los estudiantes que no estén conformes con la resolución de su solicitud o con las cuantías asignadas tienen la posibilidad de presentar una reclamación. Este proceso, que se realiza a través de las Unidades de Becas, está sujeto a plazos específicos y contempla tres tipos de recursos: alegaciones, recurso de reposición y recurso contencioso-administrativo.

El procedimiento para reclamar varía según el tipo de recurso que se desee presentar, y cada uno de ellos está diseñado para abordar diferentes etapas del proceso de resolución. A continuación, se detallan los pasos, plazos y requisitos para cada modalidad, según lo informado por la fuente oficial.

Alegaciones: el primer paso ante la resolución provisional

Las alegaciones son el recurso inicial que puede presentarse cuando el estudiante no está de acuerdo con la resolución provisional de su beca. Esta resolución se notifica a través de la sede electrónica, y el plazo para presentar alegaciones suele ser de 10 días hábiles. Este periodo comienza a contar desde el día siguiente a la consulta o descarga de la notificación.

Sin embargo, si el estudiante no consulta la notificación en un plazo de 10 días naturales, esta se considerará “caducada” y, automáticamente, “comunicada”. En este caso, el plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones se inicia al día siguiente de que la notificación pase al estado de “caducada”. Por ello, es fundamental que los solicitantes revisen regularmente su expediente en la sede electrónica para evitar perder la oportunidad de reclamar.

Para presentar las alegaciones, es necesario completar el formulario correspondiente, disponible en la página oficial de la beca MEC, y entregarlo en la Unidad de Becas dentro del plazo establecido. En algunos casos, también se puede realizar este trámite de forma electrónica, siempre que así se indique en la notificación recibida. Además, las alegaciones deben estar respaldadas por documentación que justifique el error detectado, ya sea en los datos académicos o económicos considerados en la resolución provisional.

Las ayudas al estudio que puedes pedir al mismo tiempo que las becas MEC.

Recurso de reposición: dirigido a la resolución definitiva

El recurso de reposición es el siguiente paso en caso de disconformidad con la resolución definitiva de la beca. Este recurso debe presentarse en un plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la resolución definitiva en la web.

Para formalizar este recurso, los estudiantes deben completar el formulario específico, disponible en la misma página oficial, y entregarlo en su Unidad de Becas junto con la documentación que respalde su desacuerdo. Una vez recibido, la Unidad de Becas remitirá el expediente al Ministerio para su revisión. Este recurso es una herramienta administrativa que permite a los solicitantes solicitar una nueva evaluación de su caso antes de recurrir a instancias judiciales.

Recurso contencioso-administrativo: la vía judicial

En caso de que el recurso de reposición no resuelva la disconformidad del solicitante, existe la posibilidad de presentar un recurso contencioso-administrativo. Este procedimiento, de carácter judicial, está sujeto a formalidades y costes específicos.

El plazo para interponer este recurso es de dos meses desde el día siguiente a la publicación de la resolución definitiva. Cabe destacar que, si el solicitante ya presentó un recurso de reposición, solo podrá recurrir a esta vía judicial una vez que el recurso administrativo haya sido resuelto.

Pasos generales para presentar una reclamación

Independientemente del tipo de recurso que se desee presentar, el proceso general consta de tres pasos básicos, según lo detallado por la fuente oficial:

  1. Completar el formulario correspondiente, disponible en el apartado de Normativa y Documentación de la página oficial.
  2. Imprimir o descargar el formulario y adjuntar la documentación necesaria que respalde la reclamación.
  3. Entregar el formulario y la documentación en la Unidad de Becas correspondiente al centro educativo del solicitante. También se puede realizar la entrega en cualquier registro habilitado, siempre que se dirija a la Unidad de Becas, o incluso en oficinas de Correos, siguiendo el procedimiento administrativo indicado.

En algunos casos, es posible realizar la entrega de forma electrónica, siempre que esta opción esté especificada en la notificación recibida.